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Tasa 40 por servicios administrativos derivados de las actuaciones de gestión tributaria en Aragón
Trámite telemático. Información general. Tarifas 01 / 02 / 03 / 04 / 05. Info del Catálogo de Tasas de la Comunidad Autónoma
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¿Cómo autoliquidar y pagar la Tasa 40?
Autoliquidación: Sede electrónica - iniciar trámite
- Formas de pago:
- Pasarela de pago con cargo en cuenta.
- Tarjeta bancaria: importe inferior a 3.000 euros.
- Entidades financieras: (autoliquidación en papel)
- Banco de Santander (BSCH)
- Caixa Bank (CAIXA)
- Caja Laboral Cooperativa de Crédito (Laboral Kutxa)
- Caja Rural de Aragón (Bantierra)
- Caja Rural de Teruel
- Ibercaja Banco (IBERCAJA)
- Oficinas de correos (autoliquidación en papel).
- Formas de pago:
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Tarifa 01. Por la emisión de informe sobre el valor de bienes inmuebles que vayan a ser objeto de adquisición o transmisión
Artículo 90 de la Ley General Tributaria
Fincas urbanas
- Vivienda, aparcamiento, trastero, local comercial y oficina.
- Vivienda: 70,98 euros/unidad.
- Aparcamiento o trastero: 30,42 euros/unidad.
- Vivienda, aparcamiento y/o trastero en mismo edificio: 91,26 euros/unidad.
- Local comercial, oficina: 50,70 euros/unidad.
- Edificio (por cada elemento que constituye la finca): 35,49 euros/unidad.
- Vivienda unifamiliar, casa unifamiliar y nave en casco urbano: 121,68 euros/unidad.
- Solares edificables: 152,10 euros/unidad.
- Suelo urbano no consolidado, suelo urbanizable, suelo apto para urbanizar: 202,80 euros/unidad.
- Cuando sea necesario tomar datos de campo, a las cuantías anteriores se sumará la cantidad de 91,26 euros/día.
En las valoraciones urbanas, la tasa se exigirá por cada inmueble sobre el que se emita informe, con independencia de que los datos facilitados en el mismo se refieran a un único inmueble o integren información relativa a más de un inmueble.
Fincas agrícolas
- Explotaciones agrícolas, incluyendo edificaciones agrarias asociadas a las mismas:
- Hasta 15 hectáreas de cultivo: 30,42 euros/explotación.
- Más de 15 hectáreas hasta 100 hectáreas de cultivo: 50,70 euros/explotación.
- Más de 100 hectáreas de cultivo: 101,40 euros/explotación.
- Parcelas con edificaciones de usos no agrarios, parcelas con usos recreativos, parcelas con viviendas rurales, vivienda habitual en la explotación agraria, parcelas colindantes al núcleo urbano, antiguas eras, parcelas con instalaciones como aerogeneradores, antenas de telefonía móvil o similares: 50,70 euros/parcela.
- Edificaciones agrarias aisladas, almacenes agrícolas aislados y granjas de cualquier especie: 30,42 euros/edificio.
Cuando sea necesario tomar datos de campo, a las cuantías anteriores se sumará la cantidad de 91,26 euros/día.
Otras edificaciones no incluidas en los epígrafes anteriores
- Edificaciones no incluidas en epígrafes anteriores con usos no agropecuarios (uso deportivo, espectáculos, hotelero, sanitario, asistencial, religioso, cultural, docente, edificio exclusivo de oficinas y/o comercial, y otros análogos y equivalentes) sobre suelo urbano consolidado, urbano no consolidado, urbanizable o no urbanizable.
- Edificaciones con usos productivos o de almacenaje ubicados en suelo no urbanizable sin relación con actividades de explotación agropecuaria.
- Al importe correspondiente a la valoración del suelo según su clasificación, se le añadirá una cantidad en concepto de las construcciones a valorar según el detalle siguiente:
- Hasta 300 m2 construidos: 202,80 Euros/edificio o instalación.
- De 301 a 1.000 m2 construidos: 304,20 Euros/edificio o instalación.
- De 1.001 m2 construidos a 5.000 m2: 507 Euros/edificio o instalación.
- Más de 5.000 m2 construidos: 760,50 Euros/edificio o instalación.
Cuando sea necesario tomar datos de campo, a las cuantías anteriores: 91,26€/día.
- Vivienda, aparcamiento, trastero, local comercial y oficina.
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Tarifa 02. Por la emisión de certificados de índole tributaria
- 10,96 euros por solicitud.
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Tarifa 03. Actividades administrativas de gestión tributaria en materia de descalificación de viviendas protegidas
- 03.1 Por la emisión de informes previos a efectos de descalificación de viviendas protegidas, 21,92 euros.
- 03.2 Por actuaciones administrativas de gestión tributaria a efectos de descalificación de viviendas protegidas, 21,92 euros.
La tarifa 03.2 no se devengará si en los seis meses anteriores a la descalificación de la vivienda se hubiera pagado la tasa correspondiente a la emisión de informes previos (tarifa 03.1)
- Por anulación de actuaciones derivadas del desistimiento o renuncia a la descalificación, la tarifa aplicable se compondrá de una parte fija de 32,88 euros y una parte variable del 3 por 100 de la deuda tributaria cuando el desistimiento o la renuncia se produzca después de la notificación de la providencia de apremio, en su caso.
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Tarifa 04. Solicitud de expedientes, búsqueda y localización en archivos administrativos
- Por solicitud de expediente al archivo general: 18,64 euros.
- Por realización de copias se aplicarán las siguientes cuantías (apartados 4 y 5 del artículo 99 de la Ley General Tributaria):
- Por cada hoja o página DIN A-4: 0,17 euros.
- Por cada hoja o página DIN A-3: 0,23 euros.
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Tarifa 05. Entrega de cartones para el juego del bingo tradicional
- Por cada cartón: 0.008 euros
- La tasa de la tarifa 05 se devengará en el momento de la entrega y será objeto de autoliquidación e ingreso durante los primeros veinte días de los meses de enero, abril, julio y octubre por las cuantías devengadas durante el trimestre natural anterior.
- En estos mismos plazos deberá presentarse el justificante del ingreso de la tasa en las oficinas tributarias competentes para la gestión de los tributos sobre el juego.
Tarifa introducida por la LEY 7/2021, de 7 de octubre, por la que se modifican el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón (Boletín Oficial de Aragón de 22 de octubre de 2021), artículo Uno. Veinticuatro
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Información general
Gestión
Las tasas se exigirán mediante liquidación efectuada por el órgano gestor competente de la Administración de la Comunidad Autónoma, el cual realizará las operaciones de cuantificación necesarias para determinar el importe de la deuda tributaria.
No obstante lo anterior, la Ley de creación de cada tasa podrá obligar a los sujetos pasivos a practicar las operaciones de autoliquidación y a realizar el ingreso de la cuota resultante.
Corresponde al Departamento competente en materia de Hacienda el control y la coordinación de la gestión de las tasas por los órganos que la tienen encomendada, así como las funciones de inspección, investigación, comprobación e intervención del propio tributo, en los términos previstos por la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma.
Sujetos pasivos
Las personas físicas o jurídicas, así como las entidades, a que se refiere el artículo 13 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón que soliciten los citados servicios o actividades.
Devengo
La tasa se devengará en el momento de la solicitud de la prestación de los servicios o la realización de las actividades administrativas que constituyen el hecho imponible de la tasa. Es necesaria la autoliquidación y el previo pago de la misma para hacer efectivos los citados servicios o actividades, excepto en los supuestos de las Tarifas 01 (epígrafes 1.6, 2.4 y 3.5) y Tarifa 03 (punto 3), que se liquidarán directamente por la Administración.
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Catálogo de Tasas de la Comunidad Autónoma
Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón Código Denominación 01 Tasa por dirección e inspección de obras 02 Tasas por redacción de proyectos, confrontación y tasación de obras y proyectos 03 Tasa por servicios administrativos, redacción de informes y otras actuaciones facultativas 04 Tasa por autorizaciones en materia de espectáculos públicos 05 Tasa por servicios en materia de ordenación de los transportes terrestres por carretera y sus actividades auxiliares y complementarias 06 Suprimida 07 Tasa por servicios de expedición de la cédula de habitabilidad 08 Tasa por ocupación de terrenos y utilización de bienes de dominio público 09 Suprimida 10 Tasa por servicios facultativos agronómicos 11 Tasa por servicios facultativos veterinarios 12 Tasa por inspecciones y controles sanitarios oficiales de animales y sus productos 13 Tasa por autorizaciones, inspecciones y otras actuaciones en materia de centros y establecimientos sanitarios, establecimientos alimentarios y otros establecimientos de riesgo para la salud pública 14 Tasa por servicios en materia de ordenación de actividades industriales, energéticas, metrológicas, mineras y comerciales 15 Tasa por servicios de expedición de títulos y certificados académicos y profesionales 16 Tasa por servicios de expedición de licencias y permisos de caza y pesca 17 Tasa por servicios facultativos y administrativos en materia de montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias 18 Suprimida 19 Tasa por prestación de servicios administrativos y técnicos de juego 20 Tasa por autorizaciones, inspecciones y otras actuaciones en materia de centros y establecimientos farmacéuticos 21 Tasa por autorizaciones, inspecciones y otras actuaciones en materia de centros y establecimientos de servicios sociales 22 Tasa por inserción de anuncios en el Boletín Oficial de Aragón 23 Tasa por inscripción y publicidad de asociaciones, fundaciones, colegios profesionales y consejos de colegios de Aragón 24 Tasa por derechos de examen de pruebas selectivas para el ingreso o promoción como personal funcionario o laboral en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón 25 Tasa por los servicios prestados por el Registro Territorial de la Propiedad Intelectual de Aragón 26 Tasa por los servicios de gestión de los cotos 27 Tasa por inscripción, seguimiento e inspección de entidades de control de control de la edificación y laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación 28 Tasa por servicios administrativos en materia de protección del medio ambiente 29 Tasa por servicios administrativos en materia de conservación de la biodiversidad 30 Tasa por inscripciones en el Registro de organismos modificados genéticamente 31 Suprimida 32 Tasa por actuaciones administrativas relativas a servicios de comunicación audiovisual 33 Tasa por ocupación temporal de vías pecuarias 34 Tasa por servicios administrativos para la calificación ambiental de actividades clasificadas 35 Tasa por evaluación de ensayos clínicos y otras actuaciones relativas a medicamentos y productos sanitarios 36 Tasa por servicios administrativos para el suministro de información medioambiental en soporte informático o telemático 37 Tasa por prestación de los servicios de asesoramiento y evaluación de competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral u otras vías no formales de formación 38 Tasa por servicios administrativos en la emisión de diligencias de bastanteo de poderes 39 Tasa por inscripción en las pruebas para la obtención de títulos post-obligatorios y por inscripción en las pruebas de acceso a las enseñanzas post-obligatorias 40 Tasa por servicios administrativos derivados de las actuaciones de gestión tributaria 41 Tasa por ocupación de terrenos o la utilización de bienes de dominio público aeronáuticos 42 Tasa por realización de análisis y emisión de informes por el Laboratorio de Salud Pública de Aragón 43 Tasa por inscripción/acreditación y otras actuaciones administrativas en materia de centros y entidades de formación para el empleo 44 Tasa por autorización para impartir acciones formativas no financiadas con fondos públicos conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad 45 Tasa por registro y expedición de certificados de profesionalidad y acreditaciones parciales acumulables 46 Tasa por servicios prestados por el Registro de Cooperativas de Aragón 47 Tasa por servicios prestados por el Registro administrativo de Sociedades Laborales de Aragón 48 Tasa por ocupación o concesión del uso privativo del dominio público forestal de titularidad de la Comunidad Autónoma de Aragón 49 Tasa por ocupación o concesión del uso privativo del dominio público forestal de titularidad de la Comunidad Autónoma de Aragón
Última actualización: 25/03/2025
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