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Producción y comercialización de plantas de vivero

Información sobre la producción y comercialización de plantas de vivero en Aragón y variedades autorizadas para comercializar.

El material vegetal es un factor clave en el éxito de cualquier plantación. Su adecuada elección permite adaptarse al medio edafloclimático, al sistema de producción y tener una adecuada aptitud comercial.

A esto se suma la importancia de que el material a plantar tenga las suficientes garantías de origen y sanitarias que no comprometan la viabilidad de la plantación.

Por ello, la producción y comercialización de plantas de vivero exige para su realización unos métodos de control y vigilancia que garanticen el suministro al sector de planta de calidad. Estos métodos vienen definidos en las normativas específicas aprobadas para cada uno de los grupos de producción: frutales, vid, ornamentales, forestales y Populus autóctonos.

Consulta de legislación. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

¿Qué requisitos debe cumplir las empresas productoras y/o comercializadoras de material vegetal?

  • Estar inscrito en el Registro de Operadores Profesionales de Vegetales de Aragón (ROPVEG).
  • Realizar la declaración anual de cultivos en los plazos reglamentarios y anualmente, para comprobar que cumplen con las exigencias de los reglamentos técnicos correspondientes en cuanto a origen, pureza varietal, estado sanitario y calidad exterior. 
  • Estar en posesión de la autorización para expedir el pasaporte fitosanitario.
  • Mantener las instalaciones, medios técnicos y humanos de acuerdo con la autorización concedida en el ROPVEG.
  • Utilizar para la producción materiales de origen autorizados de acuerdo con lo establecido en sus correspondientes reglamentos técnicos.
  • Vigilar los puntos críticos del proceso de producción y mantener registros de trazabilidad de vegetales, las empresas deben disponer de un Plan Eficaz (medidas a implementar en caso de sospecha o constatación de presencia de plagas cuarentenarias y plagas reguladas no cuarentenarias (RNQPs) según Reglamento UE 2016/2031)
  • Cumplir los Reglamentos técnicos de control y certificación en función de las especies.

¿Qué variedades se pueden comercializar de frutales?

La elección de la variedad es una decisión importante a la hora de establecer una plantación frutal ya que va a tener una gran influencia en su rentabilidad.

Para poder asegurar una autenticidad varietal en el suministro de plantas al sector, que le aporten una mayor productividad y mejor calidad de sus cosechas sólo se permite la producción y comercialización de plantas de vivero que figuran en los registros o catálogos oficiales:

En estos registros se pueden consultar las variedades que tienen una propiedad especial limitada en el tiempo a un titular (Titulo de Obtención Vegetal, también denominado Royalty).

Para facilitar la labor de búsqueda se adjunta una Excel que recopila las variedades de los registros citados (Listado 1), que, a fecha de actualización, se podían comercializar en España, aunque la base jurídica son los registros anteriores. Y uno que recopila las variedades protegidas nacionales y europeas (Listado 2) y las variedades con solicitud (Listado 3).

El Registro de variedades trata de fomentar y poner a disposición de los agricultores de plantas de vivero, variedades cada vez más productivas y mejor adaptadas a las distintas condiciones españolas de clima y suelo.

En el caso de querer inscribir nuevas variedades en el Registro de variedades comerciales y/o en el Registro de variedades protegidas de plantas de vivero se debe presentar una solicitud dirigida al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación a través de los siguientes modelos en la Oficina Española de Variedades Vegetales.

Más información y contacto

Servicio de Sanidad y Certificación Vegetal

Teléfonos: 976 716 466

cscv.agri@aragon.es

Última actualización: 01/08/2024

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