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Comercialización de productos fitosanitarios
Información sobre los requisitos que deben cumplir los establecimientos que se dedican a la venta de productos fitosanitarios a usuarios profesionales.
Almacén de productos fitosanitarios
La Ley 43/2002 de Sanidad Vegetal define los medios de defensa fitosanitaria como las sustancias activas y los preparados que contengan una o más sustancias activas presentados en la forma en que se ofrecen para su distribución a los usuarios, destinados a:
- proteger los vegetales o productos vegetales contra las plagas o evitar la acción de éstas
- mejorar la conservación de los productos vegetales
- destruir los vegetales indeseables o partes de vegetales
- influir en el proceso vital de los mismos de forma distinta a como actúan los nutrientes
La comercialización de productos fitosanitarios está regulada por el Reglamento 1107/2009, que establece las normas aplicables a la autorización de productos fitosanitarios. La finalidad del reglamento es garantizar un nivel elevado de protección de la salud humana, animal y del medio ambiente, armonizando las normas sobre la comercialización de los productos fitosanitarios mejorando la producción agrícola.
Los fabricantes, distribuidores, vendedores y demás operadores comerciales de productos fitosanitarios deben estar inscritos en el Registro Oficial de Productores y Operadores (ROPO), registro regulado en Aragón por la Orden de 1 de abril de 2013. Estar inscrito en este registro es imprescindible para realizar cualquier actividad de asesoramiento, suministro, tratamientos fitosanitarios, y manipulación de productos fitosanitarios sector suministrador. Dicho registro está ubicado en los Servicios Provinciales del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Aragón:
- Huesca- Plaza Cervantes, 1 - Teléfono 974 293 088
- Teruel – Calle San Francisco, 1 - Teléfono 978 641 150
- Zaragoza – Plaza San Pedro Nolasco, 7 – Teléfono 976 714 868
Los niveles de control y los requisitos que deben cumplir las empresas que se dedican a la comercialización de productos fitosanitarios se establecen en el Real Decreto 1311/2012 de uso sostenible, en la Orden de 1 de abril de 2013 y en el Programa Nacional para la Vigilancia de la Comercialización de Productos Fitosanitarios y en el Real Decreto 285/2021, de 20 de abril, por el que se establecen las condiciones de almacenamiento, comercialización, importación o exportación, control oficial y autorización de ensayos con productos fitosanitarios y se modifica el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.
El control de la comercialización se realiza en los siguientes puntos:
- Establecimientos donde se fabrican productos fitosanitarios.
- Establecimientos distribuidores y de comercialización.
- Establecimientos de logística, incluye almacenamiento y transporte.
- Empresas comercializadoras con permiso para la importación paralela de productos fitosanitarios.
El nivel de control se realiza sobre el 20% de los establecimientos inscritos en el ROPO, realizando toma de muestras de productos fitosanitarios para el control de la naturaleza y su contenido.
Los requisitos que deben cumplir los establecimientos son:
- Disponer de la Licencia de actividad municipal.
- Cumplir los requisitos para el almacenamiento, en función de la categoría toxicológica y volumen de los productos fitosanitarios almacenados y comercializados.
- Contar con un técnico vinculado al establecimiento con la titulación universitaria habilitante.
- El personal responsable de la venta debe disponer del carné de manipulador de productos fitosanitarios “nivel cualificado”.
- Deben realizar un registro de todos los movimientos con productos fitosanitarios (Registro electrónico de transacciones y operaciones con productos fitosanitarios -RETO-, según el artículo 15 del Real Decreto 285/2021).
- Suministrar los productos fitosanitarios para uso profesional a titulares de un carné que acredite la formación necesaria.
Más información y contacto
Servicio de Sanidad y Certificación Vegetal
Avenida Montañana 1005. 50192 Zaragoza
Teléfonos: 976 716 466 Fax: 976 576 433
Última actualización: 01/08/2024
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