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Unidad de diagnóstico fitosanitario

Información sobre la Unidad de diagnóstico fitosanitario: descripción, normativa, datos de contacto.

Descripción

La unidad de diagnóstico fitosanitario es el laboratorio oficial de la Comunidad Autónoma de Aragón y el único autorizado para el diagnóstico y detección de organismos nocivos de cuarentena, según el Decreto 167/1998 del Gobierno de Aragón.

Designación que se ha actualizado mediante la Resolución de 24 de mayo de 2021, del Director General de Calidad y Seguridad Alimentaria, por la que se designa al Laboratorio de la Unidad de Diagnostico Fitosanitario del Centro de Sanidad y Certificación Vegetal como Laboratorio Oficial del Gobierno de Aragón (PDF, 279 KB).

Laboratorio de Ensayo acreditado por la Entidad Nacional de Certificación (ENAC) Nº 1418/LE 2653:

 

Certificado de acreditación y alcance de la acreditación.

Consulta del directorio de entidades acreditadas por la ENAC.

 

 

Se constituye como una herramienta técnica para detectar y controlar las afecciones que pueden sufrir los vegetales, así como la presencia de nuevos patógenos y parásitos.

Es un laboratorio multidisciplinar y polivalente, ya que se trabaja con artrópodos, nematodos, hongos, bacterias, fitoplasmas, virus, viroides, fisiopatías y malherbología en todos los cultivos.

Las tareas que lleva a cabo el laboratorio son:

  • Diagnosticar plagas y enfermedades e identificar malas hierbas que afectan a los vegetales, en consultas realizadas por  las Agrupaciones de Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAs), cooperativas, técnicos, agricultores, etc.
  • Realizar prospecciones e inspecciones para la detección de plagas reguladas en la normativa de la Unión Europea, de España y Aragón.
  • Colaborar en la elaboración de los protocolos de diagnóstico.

Las técnicas más relevantes utilizadas en los servicios analíticos que ofrece el laboratorio son:

  • Técnicas clásicas de extracción, aislamiento, clasificación bioquímica y morfológica.
  • Técnicas serológicas - ELISA e IF (inmunofluorescencia).
  • Técnicas moleculares – PCR convencional y a tiempo real.

Normativa

Decreto 167/1998, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan medidas aplicables en caso de introducción en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón de organismos nocivos de los vegetales objeto de cuarentena (Boletín Oficial de Aragón, número 120, 14 octubre 1998).

Más información y contacto

Servicio de Sanidad y Certificación Vegetal

Teléfonos: 976 716 385 - 976 713 125

cscv.agri@aragon.es

Última actualización: 01/08/2024

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