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Tipología INAGA 42. Autorización de traslado de productos ictícolas
Trámite de autorización para el traslado de productos ictícolas como huevos, semen, peces o cangrejos vivos en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Presentación de solicitudes
Tipología INAGA 42. (Procedimiento 365). Autorización de traslado de productos ictícolas
(INAGA). Tipología INAGA 42: Autorización de traslado de productos ictícolas
(Trámites). Procedimiento INAGA 42 - Autorización de traslado de productos ictícolas
Información específica del procedimiento administrativo
Denominación
Autorización de traslado de productos ictícolas
Descripción
La Ley 2/1999, de 24 de febrero, de Pesca en Aragón, en su artículo 31 (BOA número 26, de 04/03/1999) establece la obligatoriedad de solicitar autorización administrativa para el traslado de huevos, semen, peces o cangrejos vivos por el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, con independencia de las restantes guías sanitarias y autorizaciones de otra índole.
El mencionado artículo especifica, asimismo, que se deberá hacer constar en la solicitud la especie a la que pertenecen los productos ictícolas objeto de traslado, su cantidad, procedencia y destino.
Especies exóticas invasoras
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, en su artículo 64.5 (BOE número 299, de 14/12/2007), indica que la inclusión en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras conlleva la prohibición genérica de posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos, de sus restos o propágulos que pudieran sobrevivir o reproducirse, incluyendo el comercio exterior. Si bien aclara que esta prohibición podrá quedar sin efecto, previa autorización administrativa de la autoridad competente, cuando sea necesario por razones de investigación, salud o seguridad de las personas, o con fines de control o erradicación, en el marco de estrategias, planes y campañas que, a tal efecto, se aprueben.
Se debe precisar que la prohibición está limitada al ámbito de aplicación especificado para cada especie en el anexo de la Ley.
Por su parte el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras, en su artículo 7.2, (BOE número 185, de 03/08/2013) advierte que la inclusión de una especie en el catálogo, conlleva la prohibición de su introducción en el medio natural en el ámbito del territorio nacional de aplicación (de acuerdo al artículo 54.2 de la Ley 42/2007).
En la Comunidad Autónoma de Aragón la autorización de traslado de productos ictícolas se tramita ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
Requisitos de los solicitantes
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Acreditar la procedencia de Centro Autorizado.
-
Acreditar la procedencia y destino del material a trasladar.
-
Cumplir con los requisitos zoosanitarios de los productos ictícolas.
Tasas
Sin tasa.
Observaciones
Deber recordarse que la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, en su artículo 65.3.e (BOE número 299, de 14/12/2007) establece, en relación con la actividad acuícola, la prohibición de la suelta no autorizada y la introducción de especies alóctonas. En el caso de introducciones o sueltas accidentales o ilegales, no se podrá autorizar en ningún caso su aprovechamiento piscícola, promoviendo las medidas apropiadas de control o erradicación.
La interacción entre INAGA y los ciudadanos o empresas para este trámite se puede realizar de forma enteramente digital a través de las herramientas informáticas dispuestas para ello en la Oficina Virtual de INAGA.
- Plazo: 2 meses.
- Régimen intervención administrativa: previo.
- Efecto del silencio: positivo.
Normativa reguladora
Ley 2/1999, de 24 de febrero, de Pesca en Aragón (BOA número 26, de 04/03/1999)
Decreto 25/2008, de 12 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/1999, de 24 de febrero, de Pesca en Aragón (BOA número 22, de 22/02/2008)
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (BOE número 299, de 14/12/2007)
Ley 7/2018, de 20 de julio, de modificación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (BOE número 176, de 21 de julio de 2018)
Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras (BOE número 185, de 03/08/2013)
Acceso a la relación completa de normativa que afecta a estos trámites INASEI. Tramitación Electrónica de Solicitudes INAGA.
Ayuda para cumplimentar los formularios
Documentación requerida junto con la correspondiente solicitud:
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Acreditación de la procedencia del Centro Autorizado y del cumplimiento de los requisitos zoosanitarios
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Fichero normalizado con planos, para la descripción, identificación y localización de la zona afectada por las actividades solicitadas
Contacto
Si requiere realizar cualquier consulta en relación a la tramitación de expedientes de autorización de traslado de productos ictícolas, en la Comunidad Autónoma de Aragón, puede utilizar los siguientes canales:
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Atención por correo electrónico: inaga.area1@aragon.es
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Atención telefónica: 976 716 026
Acceso a datos y estadísticas del trámite
Estadísticas de tramitación
Estadísticas mensuales de actividad por tipología
Estadísticas INAGA. Evolución del número de expedientes de la subtipologia 42 tramitados en INAGA (xlsx 31kb)
Estadísticas INAGA. Índice de eficacia en la tramitación de expedientes de la subtipología 42 en INAGA (xlsx 37kb)
Última actualización: 09/10/2024
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