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Subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo - Para favorecer la incorporación al negocio familiar de personas trabajadoras autónomas colaboradoras

N°9703

A través de este trámite se puede presentar una solicitud para optar a la concesión de subvenciones a personas emprendedoras autónomas.

Esta ayuda tiene como finalidad apoyar el autoempleo y el emprendimiento, promoviendo la inserción laboral de familiares colaboradores.

Plazo de presentación

Del 16/05/2024 al 30/10/2024

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Personas desempleadas, no ocupada e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo, que se incorpore al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos como persona autónoma colaboradora en un negocio familiar

Requisitos

  • Estar desempleado/a e inscrito/a como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo en la fecha inmediatamente anterior al inicio de actividad.
  • Estar de alta, con carácter previo a la solicitud de subvención, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del colegio profesional que corresponda y en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores.
  • Que sea cónyuge, pareja estable no casada, ascendiente, descendiente o tenga una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o adopción de la persona titular del negocio.
  • Que se incorpore como persona trabajadora autónoma colaboradora al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
  • La persona colaboradora y la titular deben trabajar en el mismo lugar de manera habitual y no de forma esporádica o puntual.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Consulta de datos

    Documento firmado por el titular de la actividad del negocio familiar

    Descargar modelo Consulta de datos
  • Declaración responsable

    Que trabajan ambos en el mismo lugar de manera habitual

  • Libro de familia o certificado del Registro de parejas estables no casadas

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Si formas parte de una sociedad civil o comunidad de bienes

  • Contrato debidamente diligenciado

Si el solicitante es pensionista de Seguridad Social o clases pasivas

  • Resolución de pensión de incapacidad permanente

  • Informe de adecuación al puesto de trabajo

    O dictamen de aptitud de evaluación de riesgos emitidos por los servicios de prevención

Si el solicitante es persona con discapacidad

  • Informe de aptitud de la persona emprendedora

    Emitido por el equipo de valoración de los servicios sociales

En caso de apoderamiento:

  • Documento de apoderamiento

    Se puede obtener en: https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.html

Si no se tiene ficha de terceros con INAEM

  • Ficha de terceros con INAEM

    Se puede obtener en: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ficha-terceros-designacion-cuenta-bancaria

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Consulta de Datos de Identidad

  • Validación de NIF de un contribuyente

  • Inscrito Demandante de empleo

  • Inscrito Demandante de Empleo a Fecha Concreta

  • Consulta de subvenciones MINIMIS

  • Consulta de datos de discapacidad

Información adicional

Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 16/05/2024 al 30/10/2024

En plazo

Un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se inicie la actividad.

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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