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Ayudas segunda oportunidad para personas trabajadoras autónomas - Convocatoria 2021

N°6505

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud de subvenciones públicas, mediante el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva. Destinadas a financiar la asistencia técnica para el estudio de las posibilidades que permitan dotar de viabilidad a la actividad económica o el estudio de la insolvencia y formalización de la documentación necesaria o el estudio de viabilidad para cambio de forma jurídica para la mediación extrajudicial de las personas trabajadoras que se encuentren de alta en el Régimen Especial de trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Plazo de presentación

Del 14/10/2021 al 28/10/2021

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • De la concesión de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se podrán beneficiar las personas físicas que, con anterioridad a la fecha de publicación de esta Orden, se encuentren dados de alta en el Régimen Especial de trabajadores Autónomos de la Seguridad Social

Requisitos

  • Estar en Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social o en cualquiera de las Mutualidades de Previsión Social existentes.
  • Realizar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón, en el momento de presentar la solicitud de subvención.
  • Tener personalidad jurídica propia y capacidad de obrar y no encontrarse dentro de los supuestos regulados por el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Hacienda del Estado, la Hacienda de la Comunidad Autónoma y con la Seguridad Social, así como no tener deuda alguna pendiente de pago con la Comunidad Autónoma ni ser deudor por resolución de procedencia de reintegro de las causas recogidas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Cumplir los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores, aunque se trate de diferentes fases o aspectos de un mismo proyecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9, apartado b) de la Ley de Subvenciones de Aragón.
  • Cumplir con la normativa medioambiental y de transparencia.
  • No haber sido sancionado/a mediante resolución administrativa firme, ni por sentencia judicial firme en materia laboral, de memoria democrática, de personas con discapacidad, por acciones consideradas discriminatorias por razón de género, o por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI.
  • En materia laboral, para poder ser beneficiaria, la persona no debe estar incursa en el cumplimiento de sanción administrativa firme o de sentencia firme condenatoria que implique la prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Informe Tesorería General de la Seguridad Social

    Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente a la Vida Laboral de la persona solicitante, a fecha de la publicación de esta orden de convocatoria.

  • Presupuestos y facturas

    Presupuesto o facturas detalladas de los gastos derivados del estudio de las posibilidades que permitan dotar de viabilidad de la actividad económica o del estudio de la insolvencia y formalización de la documentación necesaria para la mediación extrajudicial de las personas trabajadoras.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

Información adicional

Gastos subvencionables.

1. Serán subvencionables los gastos que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actuación subvencionada, cumplan lo establecido en el artículo 8 de las bases que regulan esta convocatoria, se hayan efectuado entre el periodo que abarca del 1 de enero del 2021 a fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón, y en concreto, los que a continuación se relacionan:

1.1. Gastos derivados de la asistencia técnica relativas al estudio de un Plan de Empresa que compruebe su viabilidad técnica y económica y/o la alternativa de la reconversión más adecuada para la continuidad de la actividad económica.

1.2 Gastos derivados de la asistencia técnica para el estudio de la insolvencia y formalización de la documentación necesaria para la mediación extrajudicial de las personas trabajadoras que se encontraran de alta en el Régimen Especial de trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

Contacto y ayuda

  • Teléfono. De 9:00 a 14:00 horas. 976 713 652
  • Correo electrónico. Dirección General de Trabajo, Autónomos y Economía Social. trabajo@aragon.es
  • Presencial. De 9:00 a 14:00 horas con cita previa. Edificio Paseo Fernando el Católico, 63-65.

¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 14/10/2021 al 28/10/2021

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

La convocatoria se resolverá y notificará en el plazo máximo de tres meses, contados a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes.

Si tu trámite no se ha resuelto pasad...

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