Trámites para el uso del fuego

  • Servicio de Gestión de los Incendios Forestales y Coordinación
  • Incendios forestales

Información útil sobre los trámites asociados a los usos del fuego

¿En qué casos debo realizar el trámite?

Se deberá de comunicar, o en su caso solicitar autorización, antes de proceder al uso del fuego en:

  • Terrenos clasificados como monte
  • Terrenos destinados a cualquier uso incluidos en la franja de 400 metros alrededor de los terrenos clasificados como monte

Se excluye de la mencionada franja de 400 metros alrededor de los terrenos clasificados como monte a los terrenos que queden aislados por una línea de edificación suficiente que garantice la imposibilidad de propagación del fuego a áreas adyacentes.

¿Qué trámite debo realizar?

El uso del fuego requiere una autorización o comunicación previa en función de:

  • El tipo de restos vegetales a quemar
  • La continuidad espacial con vegetales
  • La época de ejecución de las quemas

Anexo I: Comunicación de quema de residuos vegetales sin continuidad fuera de la época de peligro

  • Tipo de restos vegetales: restos de poda sobre terrenos limpios de vegetación, hogueras derivadas de trabajos forestales, etc
  • Continuidad espacial: sin continuidad espacial con cualquier otro tipo de resto vegetal
  • Época de ejecución de la quema: fuera de la época de peligro (del 16 de octubre al 31 de marzo del año siguiente)

Para ejecutar la quema se tienen que esperar 7 días hábiles desde el momento en que se registra la comunicación.

Accede al trámite de comunicación de quema de residuos vegetales sin continuidad fuera de la época de peligro

Anexo II: Solicitud de autorización de quema de residuos vegetales con continuidad fuera de la época de peligro

  • Tipo de restos vegetales: matorrales, pastizales, rastrojos, restos forestales y, en general, despojos vegetales
  • Continuidad espacial: con continuidad espacial con cualquier otro tipo de resto vegetal
  • Época de ejecución de la quema: fuera de la época de peligro (del 16 de octubre al 31 de marzo del año siguiente)

Para ejecutar la quema se tienen que contar con la preceptiva autorización administrativa.

Accede al trámite de solicitud de autorización de quema de residuos vegetales con continuidad fuera de la época de peligro

Anexo III: Solicitud de autorización de quema excepcional y motivada de combustibles vegetales en época de peligro

  • Tipo de restos vegetales: agrícolas y forestales y, en general, despojos vegetales
  • Motivación: prevención de daños causados por plagas o evitar otros riesgos de mayor gravedad
  • Época de ejecución de la quema: dentro de la época de peligro (del 1 de abril al 15 de mayo)

Para ejecutar la quema se tienen que contar con la preceptiva autorización administrativa.

Accede al trámite de solicitud de autorización de quema excepcional y motivada de combustibles vegetales época de peligro

Anexo IV: Comunicación de quema de residuos de poda de olivo en época de peligro

  • Tipo de restos vegetales: residuos de poda de olivo
  • Motivación: fitosanitaria
  • Continuidad espacial: sin continuidad espacial con cualquier otro tipo de resto vegetal
  • Época de ejecución de la quema: dentro de la época de peligro (del 1 de abril al 31 de mayo)

Para ejecutar la quema se tienen que esperar 7 días hábiles desde el momento en que se registra la comunicación.

Accede al trámite de comunicación de quema de residuos de poda de olivo en época de peligro

Anexo V: Solicitud de autorización de usos del fuego en instalaciones de carácter recreativo, cultural o similares

  • Solicitante: autoridad municipal en cuya localidad se ubique la instalación en la que se usará el fuego
  • Motivación: necesidad justificada del uso del fuego en instalaciones recreativas o culturales. Uso lúdico de globos o artefactos no tripulados que produzcan o contengan fuego.
  • Época de ejecución de la quema: Durante todo el año

La solicitud de autorización debe registrarse, como mínimo, con 15 días de antelación al uso previsto del fuego.

Para ejecutar la quema se tienen que contar con la preceptiva autorización administrativa.

Accede al trámite de solicitud de autorización de usos del fuego en instalaciones de carácter recreativo, cultural o similares

¿Cuáles son los pasos a seguir?

  1. Accede al trámite que te corresponda, para conocer todos los detalles del mismo. 
  2. Inicia el trámite. Puedes hacerlo de forma presencial o telemática.

Para realizar el trámite de forma telemática, utiliza la aplicación web de notificación y solicitud de quemas.
Para completar el trámite de forma telemática debes tener firma electrónica (certificado electrónico, cl@ve permanente o DNI electrónico con lector).
IMPORTANTE: Recuerda que el trámite no estará realizado si no firmas electrónicamente la comunicación/solicitud de autorización y la registras electrónicamente.

Para realizar el trámite de forma presencial, descarga el formulario en la ficha del trámite, rellénalo y preséntalo en un registro administrativo.
También puedes completar el formulario utilizando la aplicación web de notificación y solicitud de quemas, aunque no tengas firma electrónica.
IMPORTANTE: En este caso tendrás que descargarlo y presentarlo en un registro administrativo.

  1. Una vez realizado el trámite, recibirás un justificante de la presentación de la solicitud/comunicación.
  2. En el caso de tratarse de una comunicación de uso del fuego (Anexo I ó Anexo IV), deberá esperar 7 días hábiles para ejecutar la quema.
  3. En el caso de tratase de una solicitud de autorización de uso del fuego (Anexo II, Anexo III ó Anexo V), no podrá realizar el uso del fuego hasta que se le haya notificado la correspondiente resolución administrativa autorizándolo.
  4.  El uso del fuego se realizará de acuerdo con las siguientes indicaciones:
    • Sólo se podrá usar el fuego para los fines comunicados o autorizados, y bajo las condiciones establecidas, en su caso, en las correspondientes autorizaciones administrativas.
    • Sólo se podrá usar el fuego en los días y las zonas en los que el índice de riesgo por uso del fuego sea verde.
    • En cualquier caso, se deberán de respetar las fechas y los horarios habilitados para cada trámite.

Ayuda y Contacto

Preguntas frecuentes y guías

¿Tienes alguna duda sobre los usos del fuego o los trámites a realizar? Consulta las preguntas frecuentes sobre el uso del fuego e incendios.
Si no sabes cómo realizar el trámite mediante la aplicación web o tienes alguna duda, consulta el manual de tramitación telemática para conocer en detalle la aplicación.

Contacta con nosotros

Para consultas generales y técnicas sobre la aplicación contacta con el Servicio de Gestión de los Incendios Forestales y Coordinación
incendios@aragon.es
Para consultas concretas sobre tu trámite contacta con tu oficina más cercana.
Oficinas Comarcales Agroambientales

Última actualización: 17/07/2024

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