Subvenciones para actuaciones para garantizar la accesibilidad universal a la vivienda, especialmente a personas mayores, con discapacidad y/o dependientes - Línea 2 - Actuaciones para comunidades de propietarios y propietarias - Convocatoria 2022
N° 9202
Subvenciones con cargo al plan de recuperación, transformación y resiliencia, dirigidas a garantizar la accesibilidad universal a la vivienda, especialmente a personas mayores, con discapacidad y/o dependientes.
Dirigido a
- Las comunidades de propietarias y propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarias y propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.
Requisitos
- Serán requisitos cada uno de los indicados en cada una de las líneas de la subvención
-
Los edificios de viviendas de tipología residencial colectiva que se acojan a las ayudas de esta línea deberán cumplir los siguientes requisitos específicos:
- a) Que al menos el 50 % de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios, arrendatarios o usufructuarios, en el momento de solicitar acogerse al programa. Dicha circunstancia se deberá acreditar mediante certificación o volante de empadronamiento vigente
- b) Que las actuaciones cuenten con el acuerdo de la comunidad o comunidades de propietarios de que se trate y con la autorización o autorizaciones administrativas correspondientes, cuando sean preceptivas.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Declaración responsable
Declaración responsable (Anexo I) firmada en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la orden CDS/420/2022, de 5 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Descargar modelo Declaración responsableProyecto técnico de la actuación
En caso de que las actuaciones a realizar consistan en obras, deberás presentar este documento.
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Memoria técnica
Informe técnico que acredite la necesidad de la actuación. En caso de que las actuaciones realizadas consistan en obras, este documento se podrá incluir en la documentación técnica del proyecto.
Honorarios de los profesionales
Presupuestos de honorarios de los profesionales intervinientes, del coste de redacción de los proyectos, dirección de obras, informes técnicos y certificados necesarios, los gastos derivados de la tramitación administrativa, y otros gastos generales similares.
Título habilitante
Licencias, permisos y/o autorizaciones necesarias para la ejecución de obras
Certificado de empadronamiento
Volante o certificado de empadronamiento de las viviendas. Se deberá acreditar que al menos el 50% de las viviendas constituyen residencia permanente.
Acta del acuerdo de la comunidad
Acta del acuerdo de la comunidad o comunidades de propietarios aprobando las obras realizadas.
Certificado de inicio de obras
Certificación del inicio de las obras.
Certificado de final de obra
Certificación del final de las obras.
Comunicación a la Administración
Comunicación de la puesta en servicio de las instalaciones a la Administración competente.
Fotografía de la obra terminada
Fotografía en color de la obra terminada
Facturas
Facturas emitidas a nombre del beneficiario de la subvención y sus correspondientes justificantes de pago.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesCorriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Consulta de Datos de Identidad
Validación de NIF de un contribuyente
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. iass@aragon.es
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES
Normativa
Orden CDS/1261/2022, de 1 de septiembre, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para el desarrollo de actuaciones
dirigidas a garantizar la accesibilidad universal a la vivienda, especialmente a personas mayores, con discapacidad y/o en situación de dependencia.
Orden CDS/420/2022, de 5 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones fnanciadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Orden CDS/2022, de 1 de febrero, por la que se aprueba el Plan de medidas Antifraude para la gestión de los Fondos Next Generation EU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 15/09/2022 al 04/10/2022
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
45 DIAS
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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