Subvenciones a la concesión de préstamos a cultivos - Convocatoria 2021 - Subvención a cultivo bajo invernadero y de olivar
N° 2490
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones a la concesión de préstamos a cultivos. De esta manera, se puede pedir una bonificación de los intereses generados por los préstamos formalizados.
Estas ayudas están dirigidas a personas físicas o jurídicas y a comunidades de bienes titulares de explotaciones agrícolas de cultivo bajo invernadero en Aragón o titulares de explotaciones de olivar, de al menos 3 hectáreas, en Teruel o Zaragoza.
Dirigido a
- • Personas físicas, jurídicas y comunidades de bienes • Titulares de explotaciones agrícolas de cultivos bajo invernadero de Aragón. • Titulares de explotaciones de olivar de Teruel, de al menos 3 hectáreas. • Titulares de explotaciones de olivar de la comarca de Campo de Belchite y de la comarca Bajo Aragón Caspe, de al menos 3 hectáreas, cuyos términos municipales se relacionan en el Anexo 1 de la convocatoria.
Requisitos
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Personas físicas:
- Estar inscritas en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA).
- Que la explotación esté calificada como Explotación Agraria Prioritaria (EAP) a fecha de fin de plazo de solicitud, o bien, que en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del último período impositivo, al menos el 50% de los ingresos totales procedan de actividades agrícolas, ganaderas o forestales.
- Que hayan suscrito o suscriban durante el año de la convocatoria una póliza o contrato de seguro en las líneas del Plan de Seguros Agrarios Combinados y se comprometan a mantenerlo durante el periodo de vigencia del préstamo.
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Personas jurídicas y comunidades de bienes:
- Estar Inscritas en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA).
- Que la explotación esté calificada como Explotación Agraria Prioritaria (EAP) a fecha de fin de plazo de solicitud, o bien, que en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del último período impositivo, al menos el 50% de los ingresos totales procedan de actividades agrícolas, ganaderas o forestales.
- Que hayan suscrito o suscriban durante el año de la convocatoria una póliza o contrato de seguro en las líneas del Plan de Seguros Agrarios Combinados y se comprometan a mantenerlo durante el periodo de vigencia del préstamo.
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Jóvenes agricultores que no tengan más de 40 años de edad en el año de la solicitud:
- Estar inscritas en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA).
- Que la explotación esté calificada como Explotación Agraria Prioritaria (EAP) a fecha de fin de plazo de solicitud, o bien, que tenga aprobado un plan de incorporación al amparo del Programa de Desarrollo Rural para Aragón (PDR 2014-2020) en el año de la solicitud o anterior, o bien, que en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del último período impositivo, al menos el 50% de los ingresos totales procedan de actividades agrícolas, ganaderas o forestales, o bien, estar dado de alta en la Seguridad Social en el sector agrario por cuenta propia (Sistema Especial para trabajadores por cuenta propia agrarios, incluido en el Régimen Especial de Trabajadores autónoma, RETA) en el año de la solicitud.
- Que hayan suscrito o suscriban durante el año de la convocatoria una póliza o contrato de seguro en las líneas del Plan de Seguros Agrarios Combinados y se comprometan a mantenerlo durante el periodo de vigencia del préstamo.
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Personas jurídicas jóvenes agricultores:
- Que el control efectivo de la sociedad lo ejerzan uno o varios jóvenes agricultores, que cumplan los requisitos indicados para los jóvenes agricultores.
- • Actividades subvencionables • intereses generados por los préstamos formalizados entre el 7 de enero de 2021 y hasta un mes después de la fecha de publicación de la Orden en el BOA y con un plazo mínimo de 3 años y máximo de 5 años.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Formulario de solicitud (en línea)
Documentación ya aportada a la Administración
Descargar modelo Documentación ya aportada a la Administración
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesCorriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Validación de NIF de un contribuyente
Verificación de Datos de Identidad
Información adicional
Se tramita en el Servicio de Ayudas a la Organización de Mercados (Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente)
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
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Pedir cita previa - Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Contacto y ayuda
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Ayuda con la tramitación electrónica
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- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN ALIMENTARIA
Normativa
Orden AGM/493/2021, de 3 de mayo, por la que se convocan subvenciones destinadas a la bonificación de los intereses generados por los préstamos a los titulares de explotaciones agrícolas de cultivos bajo invernadero de Aragón y de olivar de Teruel y Zaragoza (tramitación anticipada ejercicios 2022 a 2026)
Orden DRS/150/2018, de 30 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la bonificación de los intereses generados por los préstamos a los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Orden AGM/1464/2021, de 4 de noviembre, por la que se modifica la Orden DRS/150/2018, de 30 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la bonificación de los intereses generados por los préstamos a las personas titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 15/05/2021 al 25/06/2021
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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