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Subvención para bioseguridad en viveros para productores vegetales en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Convocatoria 2022

N° 8167

EL objeto de este trámite es solicitar una subvención para realizar inversiones en bioseguridad en viveros acometidas por productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Plazo de presentación

Del 05/04/2022 al 06/06/2022

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica

Requisitos

  • Ser operador profesional con sede social en España y estar inscrito como productor, de derecho público o privado, en el Registro de Operadores Profesionales de Vegetales (ROPVEG) y, por tanto, contar con autorización para producir MVR y que tengan instalaciones en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Ser productor de MVR susceptibles de, entre otras, las siguientes plagas de cuarentena que son trasmitidas por insectos vectores:
    • Bursaphelenchus xilophilus.
    • HLB o greening de los cítricos.
    • Flavescencia dorada.
    • Xylella fastidiosa.
  • Ser productor de MVR de alguno o varios de los siguientes lugares de producción:
    • Campos de planta madre de frutales y vid de categorías base (excepto cítricos), certificada, CAC (Conformitas Agraria Communitatis) y estándar.
    • Viveros de plantones de frutales y vid de las categorías certificadas, CAC y estándar.
    • Campos de material de reproducción de especies aromáticas y ornamentales.
    • Campos de plantas madre para la producción de material forestal de reproducción.
    • Viveros forestales.
    • Campos de producción de semillas de especies hortícolas de categorías prebase, base y estándar.
    • Campos de material de multiplicación de hortalizas.
    • Campos de planta madre de frutales y vid de categoría inicial y campos de planta madre de cítricos de categoría de base.
  • Ser operador profesional con sede social en España y estar inscrito como productor, de derecho público o privado, en el Registro de Operadores Profesionales de Vegetales (ROPVEG) y, por tanto, contar con autorización para producir MVR y que tengan instalaciones en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Ser productor de MVR susceptibles de, entre otras, las siguientes plagas de cuarentena que son trasmitidas por insectos vectores:
    • Xylella fastidiosa.
    • Bursaphelenchus xilophilus.
    • HLB o greening de los cítricos
    • Flavescencia dorada.
  • Ser productor de MVR de alguno o varios de los siguientes lugares de producción:
    • Campos de planta madre de frutales y vid de categoría inicial y campos de planta madre de cítricos de categoría de base.
    • Campos de planta madre de frutales y vid de categorías base (excepto cítricos), certificada, CAC (Conformitas Agraria Communitatis) y estándar.
    • Viveros de plantones de frutales y vid de las categorías certificadas, CAC y estándar.
    • Campos de material de reproducción de especies aromáticas y ornamentales.
    • Campos de plantas madre para la producción de material forestal de reproducción.
    • Viveros forestales.
    • Campos de producción de semillas de especies hortícolas de categorías prebase, base y estándar.
    • Campos de material de multiplicación de hortalizas.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

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Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 05/04/2022 al 06/06/2022

Fuera de plazo

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

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