Gestión del Registro y Protectorado de Fundaciones - Solicitud certificados y copias
N° 304
A través de este trámite, las personas físicas o jurídicas con interés en una fundación podrán solicitar información sobre el contenido de los asientos o de los documentos depositados por una fundación en el Registro General de Fundaciones de Aragón.
Dirigido a
- Persona física o jurídica con interés en la fundación
Requisitos
- Persona física o jurídica con interés en la Fundación
Pago de tasas
Tasa 23, tarifa 4. Por obtención de informaciones, certificaciones y compulsa de documentos.
La tasa puede abonarse mediante pago con tarjeta y cargo en cuenta. En caso de realizar el pago a través de una entidad bancaria colaboradora u oficina de correos deberá imprimir el formulario del modelo de pago de la tasa.
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Tasas administrativas
Justificante del pago de la tasa administrativa correspondiente.
La tasa puede abonarse mediante pago con tarjeta y cargo en cuenta. En caso de realizar el pago a través de una entidad bancaria colaboradora u oficina de correos deberá imprimir el formulario del modelo de pago de la tasa.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioPresentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. Correo corporativos de Fundaciones: serviregistros@aragon.es
- Teléfono. 976 714 798
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
Decreto 276/1995, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las competencias en materia de fundaciones y se crea el Registro de Fundaciones
Orden 16/1996, de 16 de abril, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se regula el funcionamiento del Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
Decreto 213/1992, de 17 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre expedición de certificaciones y compulsas
Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones
Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
8 días
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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