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Registro de mediadores de seguros de Aragón - Comunicación de transmisión de participaciones

N° 1466

Comunicación previa de la transmisión de acciones o participaciones que se quiere realizar, dando lugar a un régimen de participaciones significativas de las sociedades de correduría de seguros.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Corredores de seguros, personas jurídicas, que estén registrados y ejerzan la actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón

Requisitos

  • Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 160 de la RD Ley 3/2020, 4 de febrero, mediación de seguros y reaseguros privados:
    • Informar a la Dirección General de Economía Seguros y Fondos de Pensiones de cualquier relación que pretendan establecer con personas físicas o jurídicas que pueda implicar la existencia de:
      • Vínculos estrechos: Toda relación entre dos o más personas físicas o jurídicas si están unidas a través de una participación o mediante un vínculo de control. Asimismo, la situación en la que dos o más personas físicas o jurídicas, entre las que se encuentre una entidad aseguradora o reaseguradora, estén vinculadas, de forma duradera, a una misma persona física o jurídica por un vínculo de control.
      • Participaciones significativas en una entidad aseguradora o reaseguradora: La posesión en una entidad aseguradora o reaseguradora, de manera directa o indirecta, de al menos un 10 por 100 del capital o de los derechos de voto o cualquier otra posibilidad de ejercer una influencia notable en la gestión de la entidad.
    • No podrán tener vínculos estrechos o participación aquellos que no reúnan los requisitos de honorabilidad comercial y profesional de acuerdo a la definición del artículo 128.19 Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Copia del certificado de formación de los nuevos socios u órganos dirección

    En el caso de transmisión del 50% de los socios u órganos de dirección debe presentarse copia del certificado del título obtenido acreditando que poseen la formación oportuna en materia de mediación de seguros.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Una vez formalizada la transmisión en escritura pública

  • Escritura pública o copia simple de la transmisión de participaciones

    Tras la resolución de este trámite y la realización de la transmisión de participaciones debe presentarse ante la Dirección General de Economía la escritura pública o copia simple mediante el acceso de la derecha "Aportar documentación".

    Debe recoger la transmisión de participaciones, acompañada de la inscripción en el RM.

Información adicional

La Dirección General de Economía podrá oponerse a la transmisión de acciones o participaciones por los motivos legalmente previstos. Dispondrá de un plazo de tres meses, a partir de la presentación de la información, para oponerse a la adquisición de la participación significativa o de cada uno de sus incrementos que igualen o superen los límites del 20%, 30% o 50% y también cuando, en virtud de la adquisición, se pudiera llegar a controlar la sociedad de correduría.

Si la Dirección General de Economía no se pronunciara en el plazo de tres meses, podrá procederse a la adquisición o incremento de participación.

Si la Dirección General expresa su conformidad a la adquisición o incremento de participación significativa, podrá fijar un plazo máximo distinto al comunicado para efectuar la adquisición.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

OTRO

Solo las personas físicas pueden presentar su solicitud de forma presencial en las oficinas de registro. Las personas jurídicas tienen la obligación de relacionarse de forma telemática con la administración pública.

Contacto y ayuda

¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

Saber más sobre el silencio administrativo

Trámites relacionados

Cancelación en el Registro

En plazo permanente

Certificado de datos del Registro

En plazo permanente

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