Registro de mediadores de seguros de Aragón - Inscripción de agente de seguros vinculado
N° 1455
Inscripción en el Registro administrativo de mediadores de seguros de Aragón como agente de seguros vinculado (persona física y jurídica).
Dirigido a
-
Personas que deseen ejercer la actividad de agente de seguros vinculado en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón:
- Persona física
- Persona jurídica
Requisitos
-
Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 149 Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero
- Cumplir el requisito de honorabilidad comercial y profesional, dispuesto en el artículo 128.
- Haber completado la formación oficial de mediación de seguros adquiriendo conocimientos y aptitudes apropiadas de nivel 2 (200 horas) o 3 (150horas) reconocido por la DGFPS como indica el artículo 7 del Real Decreto287/2021, de 20 de abril
-
Los agentes de seguros no podrán ejercer como:
- Corredor de seguros
- Colaborador externo
- Tercer perito
- Perito de seguros o comisario de averías a designación de los tomadores de seguros, asegurados y beneficiarios de los contratos de seguros en los que hubiesen intervenido como agentes de seguros
Documentación
Presentar en todos los casos:
Programa de actividades y formación continua
Programa con la previsión de actividad a futuro. Puede presentarse en otro formato el modelo es meramente orientativo.
Descargar modelo Programa de actividades y formación continuaCurso de formación en materias financieras
Acreditación documental de la superación del curso de todos los empleados o auxiliares externos que participan directamente en la distribución de los seguros. En caso de persona jurídica, acreditación de la formación de la persona responsable de la actividad de distribución o la mitad de personas que forman parte del órgano de dirección responsable de la actividad de distribución de los seguros. Conocimientos necesarios especificados en el artículo 7 del Real Decreto 287/2021, de 20 de abril.
Copia del precontrato o del borrador del contrato con las entidades aseguradoras
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
En caso de ser persona jurídica
Copia notarial o auténtica de la escritura pública de constitución
Copia notarial o auténtica de la escritura pública de constitución como sociedad mercantil o cooperativa inscrita en el Registro Mercantil. Debe incluir los estatutos sociales. Y en caso de haber realizado modificaciones en la escritura, también deben aportarse.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesConsulta de Datos de Identidad
Documento de identidad del solicitante
Información adicional
Es obligatorio estar inscrito en el Registro administrativo de mediadores de seguros de Aragón previamente al ejercicio de la actividad.
Deben inscribirse en el Registro administrativo de la Comunidad Autónoma de Aragón aquellos mediadores cuyo domicilio y ámbito de operaciones se localicen en esta Comunidad; sin perjuicio de que los distribuidores puedan realizar ciertas actividades de mediación esporádicas o eventuales fuera del territorio autonómico.
Si el desarrollo ordinario de su actividad de mediación se desarrolla de manera sustancial en varios territorios, el distribuidor deberá inscribirse en el Registro administrativo de la Dirección General de Seguros y Fondos de pensiones.
Cualquier incumplimiento de la normativa (artículo 145) dará lugar al inicio del oportuno procedimiento administrativo sancionador.
Una vez inscrito como mediador de seguros en el registro de Gobierno de Aragón, cualquier cambio que afecte al registro, se deberá comunicar a la oficina pública de registro mediante el trámite de modificaciones.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
OTRO
Solo las personas físicas pueden presentar su solicitud de forma presencial en las oficinas de registro. Las personas jurídicas tienen la obligación de relacionarse de forma telemática con la administración pública.
Contacto y ayuda
- Teléfono. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. 976 714 671
- Correo electrónico. mediacionseguros.economia@aragon.es
- Presencial. Edificio Pignatelli. Paseo María Agustín, 36, Puerta 7, 2ª Planta. 50004. Zaragoza
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA ECONÓMICA
Normativa
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
- Sí
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.