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Registro administrativo de parejas estables no casadas - Inscripción

N° 751

Solicitud de inscripción en el Registro Administrativo de Parejas no Casadas Estables del Gobierno de Aragón

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Personas físicas

Requisitos

  • Ser mayores de edad
  • Formar parte de una pareja cuya existencia se tiene que demostrar mediante documentación acreditativa o declaración de testigos
  • Estar empadronados en el mismo domicilio ubicado en la Comunidad de Aragón
  • No tener relación de parentesco o de adopción hasta el segundo grado (directa o colateral)
  • No estar casado ni formar pareja de hecho con otra persona

Documentación

Presentar en todos los casos:

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Parejas con antigüedad inferior a 2 años:

  • Escritura pública

    Escritura pública emitida por notario que acredite la voluntad de constituir una pareja estable no casada

Parejas con antigüedad superior a 2 años (uno de los siguientes documentos):

  • Escritura pública o Acta de notoriedad

    Escritura pública o Acta de notoriedad, que acredite la existencia de una pareja estable no casada

  • Documento judicial

    Documento judicial que atestigüe la existencia de la pareja.

  • Declaración de 2 testigos

    Declaración firmada de 2 testigos mayores de edad.

    Los testigos (familiares, amigos) deberán comparecer para declarar en la oficinas de Registro de

    Parejas Estables no Casadas (con cita previa) debidamente identificados.

  • Fotocopia del Libro de Familia o certificado registral individual del/la hijo/a

    Fotocopia del Libro de Familia o certificado registral individual del/la hijo/a común.

    Solo en caso de tener un/a hijo/a común mayor de quince meses

  • Escritura pública

    Escritura pública emitida por notario que acredite la voluntad de constituir una pareja estable no casada.

  • Otros documentos

    Cualquier otro medio de prueba admitido en derecho acreditativo de la convivencia de la pareja.

Solicitante extranjero perteneciente a la UE

  • Fotocopia del documento de identidad

    Fotocopia del documento de identidad expedido por el país de origen

  • Acreditación del estado civil legalizado

    Documento expedido por el país de origen que acredite el estado civil de la persona solicitante. Más información en “Cómo acreditar el estado civil según nacionalidad” y en “Preguntas frecuentes” dentro de documentos y enlace de interés.

Solicitante extranjero NO perteneciente a la UE

  • Fotocopia del NIE en vigor o fotocopia del Pasaporte

  • Acreditación del estado civil legalizado

    Documento expedido por el país de origen que acredite el estado civil de la persona solicitante. Más información en “Cómo acreditar el estado civil según nacionalidad” y en “Preguntas frecuentes” dentro de documentos y enlace de interés.

En caso de que uno o ambos miembro de la pareja estén divorciados

  • Sentencia firme de divorcio

    Sentencia firme de divorcio, o certificado literal del matrimonio en el que figure inscrito el divorcio.

En caso de que uno o ambos miembros de la pareja sean viudos de un cónyuge fallecido fuera del territorio español

  • Certificado literal de defunción del cónyuge

    Certificado literal de defunción del cónyuge fallecido o anotación de dicho fallecimiento en el libro de familia.

En caso de aportación de documentación en idioma no español

  • Documentación traducida

    Traducción realizada por traductor/intérprete jurado autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Consulta de Datos de Identidad

  • Consulta de datos de Residencia con Fecha de Última Variación Padronal

  • Consulta de Defunción

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

El registro de parejas estables no casadas solo produce efectos en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Para poder tramitar por vía telemática es necesario que al menos uno de los miembros de la pareja posea identidad digital (certificado electrónico, Cl@ve pin, Cl@ve permanente o DNI electrónico con lector) para completar el proceso de firma y presentar telemáticamente su solicitud.

En caso de no poseer identidad digital, es posible identificarse con NIF o NIE en vigor, realizar todo el proceso de tramitación online y, al llegar al paso de firma, imprimir la solicitud y presentarla firmada manualmente, junto con la documentación necesaria, de forma presencial en una Oficina de Información y Registro.

Si ningún miembro de la pareja posee uno de estos métodos de identificación o solo dispone de pasaporte, podrá tramitarlo (una de las opciones):

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

  • Teléfono. Información general y cita previa 976 701 708
  • Correo electrónico. familiasecretaria@aragon.es
  • Cita previa. Horario de atención al público de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • Presencial. Zaragoza (cita previa) Plaza del Pilar, nº 3
  • Presencial. Huesca (cita previa) C/ San Jorge, nº 65
  • Presencial. Teruel (cita previa) C/ San Vicente de Paúl nº1, 1ª planta (Edificio Casa Blanca)
  • Correo electrónico. Huesca sphuesca.familias@aragon.es
  • Correo electrónico. Teruel spteruel.familias@aragon.es

¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Paso 1:

Descarga el formulario principal:

Descargar formulario

No olvides repasar el resto de documentos necesarios:

Consultar documentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses desde la entrada de la solicitud en el registro de la Dirección General de Familia, Infancia y Natalidad

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

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¿Cómo realizar este trámite?

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