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Instalaciones de almacenamiento de carburantes y combustibles líquidos para uso propio - Comunicación de resultado de inspección periódica

N° 9316

A través de este trámite, el Organismo de Control habilitado en este ámbito reglamentario podrá comunicar el resultado de las inspecciones periódicas realizadas sobre las instalaciones de almacenamiento de carburantes y combustibles líquidos para su consumo en la propia instalación.

Plazo de presentación

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En plazo

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Dirigido a

  • Organismos de Control habilitados en este ámbito reglamentario

Requisitos

  • Instalaciones de almacenamientos de carburantes y combustibles líquidos, para consumos industriales, agrícolas, ganaderas, domésticas y de servicio, así como a todos aquellos otros no contemplados de forma específica, pero que puedan ser considerados como semejantes
  • Se excluyen de este trámite las instalaciones de capacidades totales de almacenamiento:
    • En interior:
      • Clase B < 50 litros
      • Clase C y D < =1000 litros
    • En exterior:
      • Clase B < 100 litros
      • Clase C y D <= 1000 litros.
  • Instalaciones que necesiten proyecto

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Acta de la inspección

    Acta de la inspección, suscrita por Organismo de Control habilitado en este ámbito reglamentario

Información adicional

Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

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  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

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