Gestión del Registro y Protectorado de Fundaciones - Informes y actuaciones previas
N° 2354
Se podrá solicitar la emisión de informes y asesoramiento a fundaciones que se encuentran en proceso de constitución así como a las ya inscritas, sobre sus estatutos, su régimen jurídico, económico-financiero y contable. Igualmente se formalizará la aceptación o renuncia al cargo de Patrono mediante comparecencia ante el Registro de Fundaciones y el nombramiento de auditores por el Protectorado.
Dirigido a
- La fundación solicitante
Requisitos
- Las consultas pueden realizarse por cualquier medio de los previstos en el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
El modelo de representación será necesario si se delega en un representante la actuación del procedimiento
Modelo de representación
El modelo de representación será necesario si se delega en un representante la actuación del procedimiento
Descargar modelo Modelo de representación
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
En caso de consulta o petición de asesoramiento, en la solicitud se indicarán todos los datos concretos necesarios que permitan dar respuesta precisa a la consulta o la aportación del borrador de Estatutos u otro documento.
En el caso de comparecencia de personas para la aceptación del cargo de patronos, en la solicitud se indicarán los datos identificativos del compareciente y la justificación de su nombramiento o renuncia.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. Correo corporativos de Fundaciones: serviregistros@aragon.es
- Teléfono. 976 714 798
- Correo electrónico. serviregistros@aragon.es
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
Decreto 276/1995, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las competencias en materia de fundaciones y se crea el Registro de Fundaciones
Orden de 16 de abril de 1996 del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se regula el funcionamiento del Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones
Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
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