Gestión del Registro general de asociaciones - Inscripción de Asociación
N° 301
A través de este trámite, las asociaciones, federaciones y confederaciones sin ánimo de lucro y no sometidas a un régimen asociativo específico, cuyo ámbito de actuación sea principalmente la Comunidad Autónoma de Aragón, podrán inscribirse en el Registro General de Asociaciones de Aragón.
Dirigido a
- Asociados y terceros
Requisitos
- Acuerdo de tres o más personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, dotándose de los Estatutos que regirán el funcionamiento de la asociación.
Pago de tasas
Tasa 23.
Tarifa 1. Por expediente de inscripción de federaciones, confederaciones y uniones
Tarifa 2. Tasa por inscripción y publicidad de Asociaciones, Fundaciones, Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Aragón
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Acta fundacional. Promotores personas físicas
Descargar modelo Acta fundacional. Promotores personas físicasActa fundacional. Promotores personas jurídicas
Descargar modelo Acta fundacional. Promotores personas jurídicasActa fundacional. Asociación juvenil
Descargar modelo Acta fundacional. Asociación juvenilActa fundacional. Federación
Descargar modelo Acta fundacional. FederaciónEstatutos
Modelo de Estatutos
Descargar modelo EstatutosEstatutos. Asociación Juvenil
Descargar modelo Estatutos. Asociación JuvenilAutorización propietario domicilio social
Descargar modelo Autorización propietario domicilio socialCertificado de incorporación para federaciones
Descargar modelo Certificado de incorporación para federacionesPago de la tasa
Justificante del pago de la tasa.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesAcreditación de la identidad de la persona interesada y/o representante.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
La utilización del formulario de solicitud solo es necesaria si se tramita en forma presencial.
En el caso de personas jurídicas se deberá aportar certificado del acuerdo del órgano competente para constituir una Asociación y nombramiento de representante (incluyendo su acreditación).
En el caso de que los promotores sean menores no emancipados de más de 14 años, deberán aportar el consentimiento de las personas que suplan su capacidad.
Para la inscripción de Federaciones, se debe aportar: De cada asociación que trate de integrarse se aportará certificación original (expedida por el/la Secretario/a con el Visto Bueno del Presidente/a) justificativa de haber adoptado en Asamblea General Extraordinaria de socios el acuerdo de federarse, haber designado a la persona o personas que representen a la asociación en el acto constitutivo de la Federación y su número de inscripción, denominación exacta y domicilio social.
Acreditación de la identidad del representante, únicamente si se actúa por medio de representante. No será necesario acreditar la representación si la solicitud la presenta una de las personas promotoras de la asociación.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
OTRO
Los promotores que sean personas jurídicas no pueden acudir al registro físico ni recibir asistencia por funcionario habilitado.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. asociacionzaragoza@aragon.es; asociacioneshuesca@aragon.es; asociaciacionesteruel@aragon.es
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
Real Decreto 397/1988, de 22 de abril, por el que se regula la inscripción registral de Asociaciones juveniles
Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación
Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, Por el que se regula el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones
Decreto 260/2012, de 4 de diciembre, por el que se regula el Registro General de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
- Sí
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.