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Gestión del Registro general de asociaciones - Adaptación de los estatutos de asociaciones a la Ley Orgánica 1/2002 reguladora del derecho de asociación

N° 305

A través de este trámite, las asociaciones que todavía no hayan adaptado sus estatutos a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación podrán inscribir sus estatutos adaptados en el Registro General de Asociaciones de Aragón.

Plazo de presentación

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En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Asociaciones inscritas no adaptadas a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

Requisitos

  • Acuerdo en Asamblea General Extraordinaria de una asociación para la adaptación a la nueva Ley.

Pago de tasas

Tasa 23. Tarifa 3. Por expediente de modificación de estatutos, inscripción de centros, delegaciones, secciones o filiales, modificaciones de la composición de sus órganos de gobierno y demás actos inscribibles a solicitud de los interesados, de las entidades a que se refieren las tarifas anteriores

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Acta o certificado original del acta de la Asamblea General Extraordinaria

    En la que se acordó la adaptación. En el supuesto de que, además se acuerde la modificación de estatutos, se deberán indicar los artículos modificados en su antigua y nueva redacción. Se aportará 1 ejemplar

  • Junta Directiva

    Actual composición de la Junta Directiva.

  • Estatutos modificados

    En el supuesto de que se acuerde la modificación de los mismos. Al final de los estatutos, inmediatamente a continuación del último artículo o disposición, el/la Secretario/a extenderá una diligencia que indique: Los presentes estatutos han sido modificados por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria indicando la fecha de celebración. Se aportará un ejemplar.

  • Disponibilidad de Domicilio social

    Si se incluye cambio de domicilio social, se deberá aportar la autorización de la disponibilidad del mismo.

  • Justificante del pago de la tasa

    Descargar modelo de tasa administrativa.

  • Modelo certificación de acta

    Descargar modelo Modelo certificación de acta
  • Modelo autorización propietario domicilio social

    Descargar modelo Modelo autorización propietario domicilio social
  • Modelo de certificación incluyendo modificación de estatutos

    Descargar modelo Modelo de certificación incluyendo modificación de estatutos

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Acreditación de la identidad de la persona interesada y/o representante.

Información adicional

En Huesca y Teruel la resolución del procedimiento corresponde a las Delegaciones Territoriales.

Acreditación de la identidad del representante, únicamente si se actúa por medio de representante. No será necesario acreditar la representación si la solicitud la presenta una de las personas que forman parte de la Junta Directiva.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

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En plazo

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

3 meses

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

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