Gestión del Registro de Cooperativas - Disolución, liquidación y extinción
N° 2286
A través de este trámite, las sociedades cooperativas inscritas en el Registro de Cooperativas de Aragón podrán inscribir en dicho Registro los acuerdos de disolución y/o liquidación y extinción.
Dirigido a
- Sociedades cooperativas que tengan su domicilio social y desarrollen sus actividades mayoritariamente dentro del territorio aragonés
Requisitos
- Estar inscrita en el Registro de cooperativas de Aragón.
- Elevar a público los acuerdos de disolución y/o liquidación y extinción que deben acordarse en dos asambleas distintas.
- Es necesario depositar la documentación social y los documentos notariales en un Registro presencial del Gobierno de Aragón.
Pago de tasas
Tasa 46 por servicios prestados por el registro de cooperativas tarifa 1.9.
Cada acuerdo supone un hecho imponible, es decir, uno por Disolución, cese del Consejo Rector y nombramiento de liquidadores, y otro por la Liquidación y extinción de la sociedad.
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Solicitud
Copia autorizada y copia simple de las escrituras públicas
Donde consten los acuerdos de disolución y/o liquidación y extinción. Se depositarán en el registro los libros sociales de la sociedad cooperativa y los documentos relativos a su tráfico.
Justificante de pago Tasa 46 Tarifa 1.9
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Información general del INAEM. De lunes a viernes de 9 a 19 horas. 901 501 000
- Correo electrónico. registrocoop.inaem@aragon.es
- Teléfono. Información específica de cooperativas. De lunes a viernes de 9 a 14 horas. 976 714 796
- Página web. Página Web del INAEM
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE EMPLEO
Normativa
Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón
Decreto 208/2019, de 22 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón
Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.