Gestión del Registro de Cooperativas - Calificación previa de estatutos sociales
N° 2244
A través de este trámite, las sociedades cooperativas que tengan su domicilio social y desarrollen sus actividades dentro del territorio aragonés podrán realizar la calificación previa de sus estatutos sociales. Este paso no es obligatorio, pero sí recomendable, en el proceso de inscripción de una sociedad cooperativa.
Dirigido a
- Sociedades cooperativas que tengan su domicilio social y desarrollen sus actividades mayoritariamente dentro del territorio aragonés
Requisitos
- Estar inscrita en el Registro de cooperativas de Aragón.
- Constituirse como Sociedades cooperativas que tengan su domicilio social y desarrollen sus actividades dentro del territorio aragonés.
- Tasa 46 por servicios prestados por el registro de cooperativas.
Pago de tasas
Tasa 46. Tasa por servicios prestados por el registro de cooperativas.
Tarifa 1. Por tramitación de expedientes de solicitud de inscripción y modificación registral.
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Solicitud de calificación
Proyecto de estatutos sociales
Acta de la asamblea constituyente
En caso de haberse celebrado.
Certificación negativa de denominación
Si ya obra en poder de la cooperativa.
Justificante de pago Tasa 46 Tarifa 1
Información adicional
Es un trámite opcional, aunque es conveniente llevarlo a efecto, dado que así se otorga la escritura de constitución con la seguridad de que los estatutos son correctos, eliminando la posibilidad de que haya que efectuar subsanaciones posteriores una vez elevados a documento público. El pago de la tasa por calificación previa de los estatutos sociales incluye la inscripción de esos acuerdos en el Registro de Cooperativas de Aragón.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Información general del INAEM. De lunes a viernes de 9 a 19 horas. 901 501 000
- Correo electrónico. registrocoop.inaem@aragon.es
- Teléfono. Información específica de cooperativas. De lunes a viernes de 9 a 14 horas. 976 714 796
- Página web. Página Web del INAEM
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE EMPLEO
Normativa
Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón
Decreto 208/2019, de 22 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón
Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
2 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
- Sí
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.