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Gestión de protección de datos de carácter personal - Ejercicio del derecho de supresión (derecho al olvido)

N° 2317

A través de este trámite, cualquier persona podrá ejercer el derecho de supresión (derecho al olvido) de sus datos de carácter personal.

El derecho de supresión permite que los datos personales sean suprimidos, sin dilación indebida, en determinadas situaciones.

Plazo de presentación

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Dirigido a

  • Personas físicas

Requisitos

  • Ser persona física.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Acreditación representación legal

    En caso de que se actúe a través de representación legal, deberá aportarse documento que acredite la representación de la persona que la ejerce.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Consulta de Datos de Identidad

Información adicional

El derecho de supresión (derecho al olvido) es el derecho que tienes a que tus datos personales sean suprimidos, sin dilación indebida. Puedes solicitar la eliminación de tus datos personales cuando:

- Ya no sean necesarios para los fines para los que se recogieron.

- El interesado retire el consentimiento que dio, siempre que no haya otra causa que legitime el tratamiento.

- Los datos hayan sido tratados ilícitamente.

- El interesado se haya opuesto a su tratamiento y no prevalezcan otros motivos legítimos para dicho tratamiento, o si el tratamiento tuviera por objeto el marketing directo.

- Deban suprimirse para cumplir una obligación legal.

- Se hayan obtenido siendo menor de edad en relación con los servicios de la sociedad de la información.

El derecho al olvido es el derecho de solicitar que los datos personales se supriman de las búsquedas en Internet. Comprende el derecho a limitar la difusión universal e indiscriminada de datos personales en los buscadores generales cuando la información es obsoleta o ya no tiene relevancia ni interés público, aunque la publicación original sea legítima.

No se suprimirán los datos personales cuando:

- Sean necesarios para garantizar la libertad de expresión e información.

- Sean necesarios para cumplir con una obligación legal o con una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

- Sean útiles por razones de interés público en el ámbito de la salud pública.

- El tratamiento se realice con fines de archivo en interés público, fines de investigación científica e histórica o fines estadísticos.

- Sean necesarios para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

Contacto y ayuda

¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

1 mes a partir de la recepción de la solicitud. Se podrá prorrogar el plazo 2 meses más teniendo en cuenta la complejidad y el número de solicitudes. El responsable informará al interesado de dichas p...

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