Volver a Ayudas a galerías de arte de Aragón

Ayudas a galerías de arte de Aragón - convocatoria 2022

N° 811

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a ayudas destinadas a galerías de arte aragonesas.

Estas ayudas tienen como finalidad la consolidación de la creación, producción y difusión, tanto nacional como internacional, de las producciones de artes visuales realizadas por la galería.

Plazo de presentación

Del 28/10/2022 al 11/11/2022

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Galerías de arte

Requisitos

  • Domicilio social en Aragón
  • Desarrollar su actividad básica en la C.A. Aragón
  • Estar dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe 6156, correspondiente a galerías de arte.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Certificado de la AEAT

    Certificado de la situación de la empresa en el Censo de Actividades Económicas, en el que conste el alta del solicitante de la subvención en el epígrafe 6156 correspondiente a la actividad propia de las galerías de arte. No serán válidos los certificados expedidos con anterioridad a la fecha de comienzo del plazo de presentación de solicitudes de ayuda.

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Escritura notarial

    Acreditando la propiedad del local destinado a la galería o el contrato de arrendamiento.

  • Memoria descriptiva del proyecto

    Incluyendo ferias, eventos o certámenes a los que se tiene previsto asistir, número de exposiciones programadas y las fechas previstas y currículum de los artistas implicados, haciendo mención expresa de su carácter o no de aragoneses con vecindad administrativa. También se deberá incluir la relación de medios técnicos necesarios.

  • Presupuesto sin IVA

    Formado por los gastos subvencionables que se relacionan en el apartado 21 de la presente Orden.

    Descargar modelo Presupuesto sin IVA
  • Autorización

    De los miembros aragoneses del equipo para poder consultar los datos en el Padrón.

    Descargar modelo Autorización
  • Relación de documentos en poder de la Administración

    Descargar modelo Relación de documentos en poder de la Administración

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Declaraciones responsables. Se firmarán conjuntamente al realizar la solicitud de la subvención de forma electrónica.

  • Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones

    Para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, señaladas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones

  • Declaración responsable de las subvenciones, ingresos o ayudas

    Concedidas o en trámite de concesión por cualquier otra administración, entidad pública o privada relativas al mismo proyecto, indicando la cuantía y procedencia

  • Declaración responsable del cumplimiento y realización de la actividad

    En todas las subvenciones anteriormente concedidas para el mismo destino y finalidad. Si no es así, también manifestarlo en declaración responsable.

  • Declaración responsable de las ayudas de mínimis

    Percibidas por el solicitante en el ejercicio fiscal actual y en los dos ejercicios fiscales anteriores

  • Declaración responsable del cumplimiento de la normativa medioambiental

  • Declaración responsable orden social

    No haber sido sancionada por la autoridad laboral competente mediante resolución administrativa firme

  • Declaración responsable

    No haber sido sancionado por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.

  • Declaración responsable memoria democrática

    No haber realizado ninguno de los actos de apoyo al golpe de Estado y la dictadura, que señala el artículo 33 de la Ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón.

  • Declaración responsable LGTBI

    No haber sido sancionado por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI

  • Declaración responsable

    No tener concedida una subvención nominativa para el mismo objeto o actividad accesoria del mismo en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón vigente en el año de la convocatoria.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Verificación de Datos de Identidad

  • Consulta de datos de Residencia con Fecha de Última Variación Padronal

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

El importe total de la convocatoria asciende a 125.000 euros

Las ayudas concedidas no podrán superar:

- El 80% del presupuesto presentado

- El 80% del presupuesto presentado en concurrencia con otras subvenciones y ayudas

La cuantía máxima a conceder será de 25.000 euros

La cuantía de la ayuda no podrá ser inferior a 1.000 euros

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

  • Teléfono. 976 714 180
  • Correo electrónico. rmaragones@aragon.es
  • Cita previa. Teléfono 976714180
  • Presencial. Horario oficina. Avenida Ranillas 5 D, 2ª planta. 9:00 a 14:00 horas

¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 28/10/2022 al 11/11/2022

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

Tres meses a contar desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Trámites relacionados

Convocatorias expiradas

Convocatoria 2023 Convocatoria 2024

¿Te ha resultado útil esta página?

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web

Gracias por tu valoración

Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es

Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.