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Ayudas a las artes escénicas en Aragón - Convocatoria 2022

N° 474

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a ayudas a las artes escénicas.

Están dirigidas a empresas, siempre que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria. Pueden optar a distintas modalidades como producción, giras y salas de exhibición.

Plazo de presentación

Del 11/10/2022 al 25/10/2022

Fuera de plazo

Consultar trámite

Requisitos

  • Domicilio social en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón
  • Inscritas en situación de alta en el censo de empresarios, y que tengan como actividad principal cualquiera de los epígrafes de actividades artísticas concordantes con las artes escénicas

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Certificado actualizado de la AEAT

    Certificado actualizado de la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria) de la situación de la empresa en el Censo de actividades económicas, no siendo válidos los certificados expedidos con anterioridad al plazo de presentación de solicitudes; deberá constar el alta en el epígrafe correspondiente a la actividad desarrollada, relacionada con las artes escénicas

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Relación de documentación

    Relación de documentos que ya han sido aportados a la administración de la Comunidad Autónoma de Aragón sobre los que no se han producidos modificaciones

    Descargar modelo Relación de documentación

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En la modalidad de Producción, además de la documentación anterior:

  • Proyecto detallado de la actividad

    Constando: plazo de ejecución, una relación nominal en la que figure el personal artístico y técnico (con mención expresa de su condición o no de aragoneses) y una relación con los medios técnicos necesarios.

  • Autorización del autor

  • Relación de medios técnicos

  • Certificados de estreno

    Certificados de estreno de las producciones de las obras de repertorio estrenadas en los tres años anteriores (2019, 2020 y 2021).

  • Documentación acreditativa de actuaciones

    Documentación acreditativa de las actuaciones con las obras de repertorio en el año anterior (2021).

  • Presupuesto

    Presupuesto, calculado sin IVA, detallando los gastos del proyecto. Debe estar formado exclusivamente por los gastos subvencionables que se relacionan en el apartado vigesimoprimero de la orden de convocatoria

    Descargar modelo Presupuesto
  • Autorización para consultar datos del padrón

    Descargar modelo Autorización para consultar datos del padrón

En la modalidad de Giras y actuaciones fuera de Aragón:

  • Proyecto detallado de la actividad

    Constando: plazo de ejecución, una relación nominal en la que figure el personal artístico y técnico (con mención expresa de su condición o no de aragoneses) y una relación con los medios técnicos necesarios.

  • Documentación acreditativa de las actuaciones.

    Documentación acreditativa de las actuaciones con obras de repertorio en el año anterior (2021).

  • Relación de medios técnicos necesarios

  • Presupuesto

    Presupuesto, calculado sin IVA, detallando los gastos del proyecto. Debe estar formado exclusivamente por los gastos subvencionables que se relacionan en el apartado vigesimoprimero de la orden de convocatoria

    Descargar modelo Presupuesto
  • Autorización para consultar datos del padrón

    Descargar modelo Autorización para consultar datos del padrón

En la modalidad de Programación en Salas:

  • Acreditación de la gestión privada de la sala

    Escritura pública o contrato de arrendamiento.

  • Seguro de la Sala

  • Proyecto de la actividad

    Haciendo constar: plazo de ejecución, años actividad empresa, si son aragonesas las compañías actuantes,nº representaciones realizadas desde el 14 de noviembre de 2019 hasta el 13 de noviembre de 2020, los programas complementarios desarrollados y relación de medios técnicos.

  • Documentación acreditativa de actuaciones

    Documentación acreditativa que justifique las actuaciones que se han representado en la sala desde el 14 de noviembre de 2020 hasta el 13 de noviembre de 2021.

  • Presupuesto

    Presupuesto, calculado sin IVA, detallando los gastos del proyecto. Debe estar formado exclusivamente por los gastos subvencionables que se relacionan en el apartado vigesimoprimero de la orden de convocatoria

    Descargar modelo Presupuesto

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Verificación de Datos de Identidad

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Consulta de datos de Residencia con Fecha de Última Variación Padronal

Información adicional

La empresa solicitante siempre deberá aportar con recursos propios, al menos, el 20% del presupuesto.

La cuantía máxima a percibir será:

- 45.000 euros en la modalidad de Producción.

- 15.000 euros en la modalidad de Giras y actuaciones fuera de Aragón.

- 50.000 euros en la modalidad de Programación.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 11/10/2022 al 25/10/2022

Fuera de plazo

El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la orden de convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses, desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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