Conciliaciones - Laboral preceptiva, previa a la jurisdicción social
N° 109
A través de este trámite, cualquier persona trabajadora podrá pedir a la autoridad competente un acto de conciliación laboral para intentar solucionar las discrepancias que mantiene con el empresario. En esta conciliación se podrán tratar desacuerdos en despidos, salarios, sanciones disciplinarias u otros actos. El intento de conciliación es un requisito previo a la demanda en la Jurisdicción Social.
Dirigido a
- Trabajadores/as, empresas y sindicatos. Cualquier persona que quiera presentar una demanda ante la jurisdicción social, salvo los supuestos exceptuados expresamente por la ley
Requisitos
-
En la solicitud de conciliación (conocida también como “papeleta de conciliación”) se indicarán:
- Los datos de quien la presente y de las partes demandante y demandada/s, señalando su domicilio completo para enviar citación.
- Los datos laborales, contrato, antigüedad, salario y demás remuneraciones, con especial referencia a la que, en su caso, sea objeto de reclamación.
- Enumeración los hechos y la pretensión, indicando la cuantía económica si se reclama una cantidad.
- Si se trata de reclamación por despido, se hará constar la fecha de éste y los motivos alegados por la Empresa.
- En la solicitud de conciliación se indicarán los datos de la persona demandante; de las demandadas, señalando su domicilio; los hechos y la pretensión.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Papeleta de solicitud de conciliación
Papeleta de solicitud de conciliación rellenada y firmada por la persona solicitante. En caso de presentarse presencialmente deberá aportar 3 copias + 1 copia más por cada parte demandada adicional de la demanda y toda la documentación que la acompañe. El modelo de solicitud de conciliación está disponible en la opción de "Descargar Formularios".
Documentación acreditativa de la representación
En caso de que el solicitante designe representante legal, puede indicarlo en la misma solicitud y aportar documentación acreditativa de la representación.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Presentación de la solicitud
- Si la solicitud de conciliación se presenta mediante representante legal (abogado/a, procurador/a, graduado social, sindicato, persona jurídica, etc.), se presentará la solicitud telemáticamente mediante la opción "Iniciar trámite online". Una vez presentada la solicitud descargará un justificante oficial del registro y recibirá la citación para el acto de conciliación a través del Servicio de Notificaciones Electrónicas del Gobierno de Aragón.
- Si la solicitud de conciliación la presenta la persona por sí misma, sin representante legal, podrá presentarla telemáticamente, si dispone de certificado digital o Cl@ve mediante la opción "Iniciar trámite online". Sin identidad digital podrás llevar a cabo todo el proceso de tramitación, salvo el último paso de la firma de los documentos a entregar, podrás imprimirlo y presentarlo de forma presencial acudiendo a:
+ Oficinas de las Subdirecciones Provinciales de Trabajo sin cita previa.
+ Oficinas de Información y Registro, previa solicitud de cita previa.
- La asistencia al acto de conciliación es obligatoria para los/as litigantes. El Acto de Conciliación se celebrará en la Subdirección Provincial de Trabajo.
Una vez recibida la solicitud, la Administración citará a las partes al Acto de Conciliación mediante notificación electrónica o notificación administrativa con acuse de recibo.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
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Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Zaragoza. De 9 a 14 horas. 976 715 946
- Correo electrónico. Zaragoza. conciliacionyrepresentacion@aragon.es
- Presencial. De 9 a 14 horas. Zaragoza. Pº Fernando el Católico, 63-65. 50006
- Teléfono. Huesca. De 9 a 14 horas. 974 293 017
- Correo electrónico. Huesca. trabajohu@aragon.es
- Presencial. De 9 a 14 horas. Huesca. Ricardo del Arco, 6, 2 planta. 22071
- Teléfono. Teruel. De 9 a 14 horas. 978 641 182
- Correo electrónico. Teruel. trabajote@aragon.es
- Presencial. De 9 a 14 horas. Teruel. San Francisco, 1, 1 planta. 44001
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
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- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO
Normativa
Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Artículo 63 y siguientes
Real Decreto 2756/1979, de 23 de noviembre, por el que el Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación asume parte de las funciones que tiene encomendadas
Real Decreto-ley 5/1979, de 26 de enero, sobre creación del Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Se solicita la celebración de un acto de conciliación, por lo que la resolución consiste en la citación a las partes para que se celebre dicha conciliación. A los 15 días hábiles de presentada la soli...
Se solicita la celebración de un acto de conciliación, por lo que la resolución consiste en la citación a las partes para que se celebre dicha conciliación. A los 15 días hábiles de presentada la solicitud sin que se haya celebrado la conciliación se reanudará el cómputo del plazo de caducidad para presentar la demanda en el juzgado. Transcurridos 30 días sin celebrarse la conciliación se tendrá por terminado el procedimiento y cumplido el trámite.
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativo Ver másTrámites relacionados
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