Ayudas del Fondo de Cohesión Territorial - Empresas privadas - Convocatoria 2022
N° 8641
A través de este trámite, se pueden presentar solicitudes con el objeto de optar a las ayudas convocadas para empresas privadas.
Estas ayudas están relacionadas con actuaciones para el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación. (Eje temático: actividades económicas)
Están destinadas a empresas privadas cuya sede fiscal (o empadronamiento en el caso de autónomos) esté ubicada en Aragón, y con cargo al Fondo de Cohesión Territorial.
Las ayudas contempladas en la presente convocatoria solo podrán financiar actuaciones consideradas, desde el punto de vista presupuestario, como de proyectos de inversión.
Son subvencionables aquellos proyectos de inversión realizados y pagados en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 7 de noviembre de 2022. Concretamente a inversiones en proyectos de transformación y/o comercialización de productos agrarios, en especial procedentes de agricultura ecológica o de artesanía alimentaria.
Dirigido a
- Podrán acceder a la condición de beneficiario de las subvenciones contempladas en esta orden las personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades económicas y sean responsables finales de las inversiones y gastos que se consideran auxiliables, cuya inversión se realice dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, y que acrediten la viabilidad económica de la empresa y el cumplimiento de las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y salud pública.
Requisitos
- En cada una de las convocatorias aparecen los requisitos que deben cumplir los beneficiarios para realizar las solicitudes correspondientes.
-
La solicitud de subvención será para realizar proyectos de inversión en los siguientes municipios y/o asentamientos (Ver relación detallada en el Anexo I de la convocatoria):
- Municipios cuya clasificación en la estructura del sistema de asentamientos de Aragón se corresponda con los rangos VIII, IX o X (8,9 o 10)
- Municipios cuyo rango sea inferior a VIII (8) en la clasificación de la estructura del sistema de asentamientos, pertenecientes a las comarcas cuyo valor del ISDT sea inferior a 100.
- Asentamientos de población cuyo rango sea VIII, IX o X (8,9 o 10), pertenecientes a municipios cuyo rango de población sea inferior a VIII (8) y estén ubicados en una comarca cuyo ISDT sea igual o superior a 100. Se excluyen los asentamientos de estas características pertenecientes al municipio de Zaragoza.
- Asentamientos de población cuyo rango sea inferior a VIII (8), estén ubicados en una comarca cuyo ISDT sea igual o superior a 100 y su ISDT auxiliar sea inferior a 100.
- En el caso de realizar la inversión en un lugar distinto a un asentamiento habitado, solo se podrá solicitar la subvención si el municipio o el asentamiento habitado más próximo dentro del mismo municipio se encuentra encuadrado en los supuestos anteriores.
- Los solicitantes deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como con la Seguridad Social.
- No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas entidades recogidas en los artículos 4.1.c) y 8.1 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón que no cumplan con las obligaciones reconocidas en el capítulo II de la Ley.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Memoria
Para facilitar la valoración de la actuación para la que se solicita ayuda se debe de presentar una memoria que incluya los apartados requeridos en la convocatoria.
Descargar modelo MemoriaObligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Presupuesto
Con el fin de facilitar la valoración de la actuación para la que se solicita ayuda se debe de presentar un presupuesto que incluya los apartados requeridos en la convocatoria.
Descargar modelo PresupuestoRazón social y domicilio fiscal
Documentación acreditativa de la personalidad jurídica de la empresa, su razón social y domicilio fiscal y de estar legalmente constituida e inscrita en el Registro Público correspondiente.
Certificado de representante
En su caso, documento acreditativo de la representación conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia en el que conste el nombramiento del representante.
Descargar modelo Certificado de representanteEnergía renovable
En el caso de utilizar energía de origen renovable en los procesos de transformación, justificación mediante la presentación del correspondiente contrato de suministro o acreditación suficiente (fotografías, proyecto, planos, etc.) del empleo de energía renovable de autoconsumo. En el caso de solicitar, en relación con las energías renovables, ÚNICAMENTE un vehículo eléctrico o híbrido-enchufable, se deberá aportar el modelo que se adjunta.
Descargar modelo Energía renovableDocumentos acreditativos del número de trabajadores
Documentos acreditativos que justifiquen el número de trabajadores de la empresa especificando tipo de vinculación (contratados y/o autónomos), género y edad, especificando el número de aquellos cuya edad está comprendida entre 16 y 40 años, antes de la fecha de finalización del plazo de solicitud.
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Certificados a aportar para su valoración en caso de poseerlos
Certificado de transformación y/o comercialización del CAAE o equivalente
En su caso, certificado de operadores emitido por el Comité Aragonés de Agricultura Ecológica (CAAE) o Elaboradoras y/o Comercializadoras o equivalente.
Certificado de Denominación de Origen Protegida (D.O.P.)
En su caso, certificado de operadores que se hallen en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas (D.O.P.).
Certificado de Indicación Geográfica Protegida (I.G.P.)
En su caso, certificado de operadores que se hallen en el Registro de Indicaciones Geográficas Protegidas.
Certificado de la marca "C'alial"
En su caso, certificado de operadores que se hallen en el Registro de la marca C'alial del Gobierno de Aragón que garantiza la calidad de los alimentos que cumplen los requisitos establecidos por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.
Certificado de empresa de artesanía alimentaria
En su caso, certificado de operadores que se hallen en el Registro de empresas artesanales alimentarias.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesConsulta de Datos de Identidad
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Consulta de subvenciones MINIMIS
Información adicional
Se consideran gastos subvencionables para esta convocatoria:
a) Compra de nueva maquinaria para transformación y/o comercialización y equipos con montaje, instalación y prueba de los mismos.
b) Compra de maquinaria para transformación y/o comercialización y equipos de segunda mano con montaje, instalación y prueba de los mismos.
c) Equipos de laboratorio necesarios para la transformación.
d) Obras de adaptación o remodelación de locales para la instalación de los equipos que se requieran a fin de llevar a cabo los procesos de transformación y/o comercialización.
e) Vehículos de tipo industrial cuyo destino sea facilitar la comercialización de los productos transformados.
Formas de iniciar el trámite: Mediante solicitud por parte del interesado
Qué cubre: Podrán solicitarse ayudas para la realización de inversiones en proyectos de transformación y/o comercialización de productos agrarios, en especial procedentes de agricultura ecológica o de artesanía alimentaria
Cuánto se subvenciona: 100% de la actuación con limitación a un importe máximo
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. set@aragon.es
- Teléfono. 976 714 408
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE DESPOBLACIÓN
Normativa
Orden VMV/240/2022, de 22 de febrero, por la que se convocan subvenciones para la realización, durante el año 2022, de actuaciones de inversión relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial por empresas privadas.
Orden ORDEN DDJ/260/2024, de 13 de marzo, por la que se convocan subvenciones para la realización, durante el año 2024, de actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial por entidades sin ánimo de lucro
Orden VMV/1795/2021, de 30 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en desarrollo de la Directriz especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial
Decreto 202/2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón
Decreto 165/2017, de 31 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación
Orden VMV/1076/2023, de 8 de agosto, por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2022 y otras variables socioeconómicas.
Orden VMV/1495/2021, de 2 de noviembre, por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2020 y otras variables socioeconómicas (afecta a las convocatorias de los años 2022 y 2023)
Orden DDJ/466/2024, de 6 de mayo, por la que se modifica la Orden DDJ/314/2024, de 22 de marzo, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022, de 6 de octubre, de información geográfica de Aragón.
Orden DDJ/314/2024, de 22 de marzo, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022, de 6 de octubre, de información geográfica de Aragón.
Orden VMV/1789/2021, de 22 de diciembre, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas incluido en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) para el año 2021 (afecta a las convocatorias de los años 2022 y 2023).
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 12/03/2022 al 11/04/2022
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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