Regulación de Empleo en Aragón
Procedimiento de suspensión, reducción de jornada o extinción de los contratos de trabajo afectados por el expediente. ERTES-ERES
Definición del procedimiento de regulación de empleo
El procedimiento de regulación de empleo tiene por objeto bien la extinción de contratos de trabajo en los supuestos en que el número de trabajadores supere el umbral numérico establecido en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, la suspensión por días completos de los contratos de trabajo, así como las reducciones de jornada de los trabajadores entre un 10 y un 70% de la misma en cómputo diario, semanal, mensual o anual siempre que esta reducción tenga carácter temporal.
En todo caso el expediente tiene que estar justificado por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción, o en su caso por fuerza mayor y según los criterios legalmente establecidos.
La tramitación de este procedimiento es requisito necesario tanto para adoptar las medidas mencionadas por las empresas como para acceder los trabajadores afectados por el expediente a las prestaciones por desempleo si tienen derecho a ella.
El expediente de regulación de empleo se iniciará mediante comunicación del empresario dirigida a la Subdirección Provincial de Trabajo o a la Dirección General de Trabajo. La autoridad laboral dará traslado de la comunicación a la entidad gestora de las prestaciones por desempleo y solicitará informe a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Se abre un periodo de consultas entre la empresa y los representantes de los trabajadores de 15 ó 30 días de duración, en función del tipo de expediente y el número de los trabajadores de la empresa. Se remite al organismo instructor el resultado de dicho periodo, con acuerdo o sin acuerdo, y en todo caso la decisión final de la empresa, que será comunicada al Servicio Público de Empleo Estatal. No obstante, la autoridad laboral puede impugnar de oficio el acuerdo alcanzado en los casos en los que para su conclusión haya mediado dolo, coacción, abuso de derecho o fraude, o impugnar la decisión empresarial cuando pueda tener por objeto la obtención indebida de prestaciones por desempleo.
Cuando el Expediente se refiere a trabajadores que prestan servicios en una provincia (capital y provincia) es competente la Subdirección Provincial de Trabajo y en el caso que el expediente afecte a varias provincias aragonesas la Dirección General de Trabajo.
Legislación
En relación con los expedientes tramitados por coronavirus, se ha promulgado legislación específica (fundamentalmente RDLey 8/2020, RDLey 18/2020, RDLey 24/2020, RDLey 30/2020, RDLey 2/2021)
Procedimiento de regulación de empleo por fuerza mayor (Coronavirus)
Procedimientos de Suspensión de Contratos y/o Reducción de Jornada
- Documentación a presentar - Suspensión de contratos y reducción de jornada (PDF, 55 KB)
- Relación nominal de trabajadores en suspensión/reducción - (XLSX, 14 KB)
- Ejemplo de Comunicado de intención de iniciar un procedimiento de suspensión de contratos/reducción de jornada cuando hay representante legal de los trabajadores - (DOCX, 14 KB)
- Comunicación de Apertura del periodo de consultas en los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada dirigida a los representantes de los trabajadores (pdf, 17 kb)
- Ejemplo de Comunicado de intención de iniciar un procedimiento de suspensión de contratos/reducción de jornada y petición de constitución de Comisión Negociadora cuando no existe representación legal de los trabajadores - (DOCX, 14 KB)
- Ejemplo de documento de constitución de la Comisión Negociadora en suspensión/reducción - (DOCX, 12 KB)
Procedimientos de Despido Colectivo
- Documentación a presentar- Despido colectivo - (PDF, 124 KB)
- Comunicación de apertura de periodo de consultas de despido colectivo dirigida a los representantes de los trabajadores - (PDF, 8 MB)
- Comunicación de finalización del periodo de consultas de despido colectivo - (PDF, 947 KB)
- Relación nominal de trabajadores de despido colectivo - (PDF, 1 MB)
- Ejemplo de Comunicado de intención de iniciar un procedimiento de despido colectivo cuando hay representante legal de los trabajadores - (PDF, 29 KB)
- Ejemplo de Comunicado de intención de iniciar un procedimiento de despido colectivo y petición de creación de una Comisión Negociadora cuando no hay representante legal de los trabajadores - (PDF, 28 KB)
- Ejemplo de documento de constitución de la Comisión Negociadora de despido colectivo - (PDF, 26 KB)
Acceso a trámites
ERTEs Mecanismo RED: solicitud y comunicación final
ERTEs de fuerza mayor (COVID): decisión empresarial y trabajadores afectados y cambio de situación
Cooperativas de trabajo asociado: protección desempleo socios
Última actualización: 02/06/2024
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