Modificar la autorización de un centro docente privado
A través de este trámite se puede solicitar la modificación de la autorización de un centro docente privado.
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Qué modificaciones necesitan autorización
- Cambio de titularidad del centro
- Cambio de denominación específica o nombre del centro
- Traslado de domicilio de las instalaciones propias
Modificación de:
- Enseñanzas, unidades o puestos escolares
- Instalaciones autorizadas que implique alteración de dimensión de espacios o de uso
- Contrato de propiedad, alquiler o cesión en las instalaciones propias o complementarias
- Ubicación de instalaciones complementarias (centros que imparten enseñanzas deportivas o formación profesional)
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Presentar solicitud
Toda la información necesaria, solicitud y documentación, se encuentra en el Portal de trámites del Gobierno de Aragón:
Número de trámite 8748 o Modificación de la autorización de un centro docente privado. Acceso al trámite
Presentación electrónica: Obligatoria para personas jurídicas.
Solicitud presencial: Solo para personas físicas.
En ambos casos se Accede al trámite. Una vez cumplimentado el formulario se firma electrónicamente y la solicitud queda presentada en el Registro Electrónico del Gobierno de Aragón.
Si no se dispone de certificado electrónico, una vez cumplimentado el formulario se descarga e imprime la solicitud y documentación para presentarlas en cualquiera de los registros u oficinas previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Es necesario solicitar cita previa para la presentación en una de las oficinas de información y registro del Gobierno de Aragón. Localiza tu oficina más cercana
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Subsanaciones
Las subsanaciones cuando el titular sea persona jurídica se presentarán electrónicamente desde el trámite 8748 a través de Subsanar trámite.
Si el titular del centro es persona física, se podrá presentar de forma presencial en cualquiera de los registros u oficinas previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Tramitación y resolución
La resolución podrá:
- Autorizar la modificación. Se notificará al titular y se publicará en BOA. Se harán las modificaciones necesarias en el Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Denegar la modificación si no se cumplen los requisitos a través de resolución motivada que pondrá fin a la vía administrativa.
Última actualización: 02/03/2023
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