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Subvenciones de salud pública para entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de promoción de la salud y prevención de adicciones y de Sida/VIH 2024

N° 797

A través de este trámite se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones destinadas a financiar proyectos de promoción de la salud y prevención de drogodependencias y otras adicciones y proyectos de promoción de la salud y prevención de VIH/SIDA.

Las subvenciones tendrán como finalidad financiar proyectos de promoción de la salud y prevención de VIH/Sida que fomenten la inclusión social y la prevención del VIH en el marco de la salud sexual y Proyectos de promoción de la salud y prevención de las adicciones de acuerdo con las líneas previstas en el III Plan de Autonómico de Adicciones de la Comunidad Autónoma de Aragón, que sean desarrollados por entidades sin ánimo de lucro.

Plazo de presentación

Del 17/05/2024 al 06/06/2024

Fuera de plazo

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Dirigido a

  • Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades sin ánimo de lucro que cumplan las siguientes condiciones y requisitos: - Estar legalmente constituidas y que se encuentren implantadas o realicen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. - Desarrollar programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad especificados en el apartado quinto de la Orden de convocatoria para el año 2023. - Cumplir los requisitos establecidos para los beneficiarios en el artículo 3 de la Orden SAN/335/2016, de 15 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de salud.

Requisitos

  • Podrá ser beneficiarias de las subvenciones, las entidades sin ánimo de lucro que cumplan las siguientes condiciones y requisitos: - Estar legalmente constituidas y que se encuentren implantadas o realicen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. - Desarrollar los programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad especificados en el apartado quinto de la Orden de convocatoria para el año 2023. - Cumplir los requisitos establecidos para los beneficiarios en el artículo 3 de la Orden SAN/335/2016, de 15 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de salud.
  • Las entidades beneficiarias deberán manifestar, en el plazo de diez días computado desde el día siguiente a la publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”, de la Orden de resolución de la concesión de subvención de la Consejera de Sanidad, la aceptación expresa de la subvención (anexo VI)

Documentación

Presentar en todos los casos:

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

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Información adicional

El plazo de justificación comenzará al día siguiente de la publicación de la resolución de concesión de la subvención y finalizará el 19 de noviembre de 2024, constituyendo esta fecha el límite para la presentación de los justificantes de los gastos a subvencionar.

Se consideran gastos realizados aquellos que hayan sido realizados dentro del período subvencionable entre el 19 de noviembre de 2023 y el 19 de noviembre de 2024 y pagados con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de justificación.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
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  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
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  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 17/05/2024 al 06/06/2024

Fuera de plazo

El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón.

Paso 1:

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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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