Subvenciones para sociedades cooperativas de Aragón, en el marco del Plan de Impulso de la Economía Social - Convocatoria 2023
N° 9654
Convocatoria de subvenciones destinadas a apoyar a las sociedades cooperativas de Aragón, en el marco del Plan de Impulso de la Economía Social,
Requisitos
- Estar inscritas en el Registro de Cooperativas de Aragón
- Tener el centro de trabajo en el que se desarrolla la actividad subvencionada en la Comunidad Autónoma de Aragón
- No encontrarse incurso en ninguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones
- Ser de reciente constitución, entendiendo a tal fin, las constituidas en los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria
Documentación
Presentar en todos los casos:
Documento acreditativo de la transmisión de empresa
En caso de que la solicitud se acoja al incremento de la intensidad de ayuda porque la cooperativa se constituye como consecuencia de un proceso de sucesión de empresa, se aportará copia del contrato o documento acreditativo de la transmisión de empresa a la nueva cooperativa.
Relación de gastos para los que se solicita ayuda
En este documento se incluirá una relación detallada, firmada por responsable de la entidad solicitante, de los gastos por los que se solicitan las ayudas, con identificación del acreedor, número de documento, fecha de emisión, importe (con y sin IVA), y fecha de pago.
Descargar modelo Relación de gastos para los que se solicita ayudaAcreditación de pertenencia de personas asociadas a colectivos prioritarios
A efectos de acceder a un incremento de la intensidad de la ayuda en los términos previstos en la convocatoria como consecuencia de que la mayoría de las personas socias de la cooperativa pertenezcan a alguno de los colectivos prioritarios, se deberá aportar. debidamente cumplimentado el siguiente documento.
Descargar modelo Acreditación de pertenencia de personas asociadas a colectivos prioritariosAutorización individualizada de acceso a datos
Cuando la entidad solicitante solicite incremento de la intensidad de la ayuda porque la mayoría de los miembros de la cooperativa pertenecen a colectivos prioritarios, cada persona asociada deberá firmar este documento a efectos de autorizar al órgano gestor el acceso a los datos para verificar la información. . Puedes utilizar el programa autofirma disponible en el Portal de administración electrónica del Gobierno de España. En caso de firmar manualmente, deberás aportar una copia de esta ficha escaneada a la solicitud, y la entidad solicitante deberá custodiar el documento original, que podrá requerir el Servicio de Planificación para el Desarrollo Económico en cualquier momento para su presentación.
En caso de que no se autorice el acceso a esos datos se deberá aportar la documentación que en el modelo se menciona.
Descargar modelo Autorización individualizada de acceso a datos
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
El documento acreditativo de la transmisión de empresa solo será necesario presentarlo si el solicitante pretende acogerse al incremento de intensidad de la ayuda por este motivo
El documento de acreditación de pertenencia de las personas asociadas a colectivos prioritarios, así como la autorización individual firmada por cada una de las personas asociadas, solo deberá aportarse si la entidad solicitante pretende solicitar un incremento de la intensidad de la ayuda por este motivo
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesConsulta de subvenciones MINIMIS
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Información adicional
Orden EPE/340/2023 de 24 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a apoyar a las sociedades cooperativas de Aragón, en el marco del Plan de Impulso de la Economía Social y se procede a su convocatoria para el año 2023.
https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1269397770303
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. De lunes a viernes de 10:00 a 12:00 976 716 254
- Correo electrónico. pymesyautonomos@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PYMES Y AUTÓNOMOS
Normativa
Orden EPE 340/2023, de 24 de marzo, de 24 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a apoyar a las sociedades cooperativas de Aragón, en el marco del Plan de Impulso de la Economía Social y se procede a su convocatoria para el año 2023.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
Reglamento 1407/2013, de 18 de diciembre, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de «minimis»
Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 01/04/2023 al 31/10/2023
Fuera de plazo
En el caso de que las disponibilidades presupuestarias se agoten antes de la fecha final indicada, se declarará esta circunstancia mediante Resolución del titular de la Dirección General encargada de su tramitación, que se publicará en la página web del Departamento concedente.
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Tres meses desde que la solicitud esté correctamente presentada y completa
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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