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Subvenciones para el Programa JOVEM - Convocatoria 2024

N° 10156

A través de este trámite, se puede solicitar una subvención para fomentar la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, a través de su participación en proyectos de interés general y social que se ejecuten o presten en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Plazo de presentación

Del 27/03/2024 al 31/05/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Las entidades locales aragonesas y sus organismos públicos vinculados y dependientes, así como las demás entidades que integran su sector público institucional
  • Las entidades de derecho público, las sociedades y las empresas públicas dependientes o vinculadas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón
  • Las universidades aragonesas
  • Las asociaciones, fundaciones y otras entidades e instituciones sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón

Requisitos

  • Requisitos de las personas jóvenes contratadas:
    • Ser menor de 30 años en la fecha de inicio del contrato subvencionado.
    • Estar identificada como beneficiaria en la base de datos del Sistema Nacional de Garantía Juvenil el día inmediatamente anterior a la fecha de inicio del contrato.
    • Estar desempleada e inscrita como demandante de empleo en alguna de las oficinas del Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón desde, al menos, el día inmediatamente anterior a la fecha de la contratación.
    • No haber trabajado en el día natural anterior a la fecha de inicio del contrato subvencionado.

Documentación

Presentar en todos los casos:

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Entidades locales

  • Certificado de entidad local

    De estar al corriente en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón, de medidas de racionalización del gasto y de planes económico-financieros.

    Descargar modelo Certificado de entidad local

En caso de apoderamiento:

  • Documento de apoderamiento

    Se puede obtener en:

    https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.htm

Si no se tiene ficha de terceros con INAEM

  • ficha de terceros con INAEM

    Se pude obtener en:

    https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ficha-terceros-designacion-cuenta-bancaria

Documentación para la solicitud del pago de la subvención concedida a cargo de fondos europeos (se indicará en la resolución)

Documentación para la solicitud del pago de la subvención concedida a cargo de fondos estatales (se indicará en la resolución)

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Validación de NIF de un contribuyente

  • Consulta de Datos de Identidad

  • Inscrito Demandante de Empleo a Fecha Concreta

  • Situación Laboral en Fecha Concreta

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

Información adicional

Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 27/03/2024 al 31/05/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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