Subvenciones en materia de cooperación para la creación de grupos y redes de sanidad vegetal y control de plagas - Convocatoria 2023
N° 9426
A través de este trámite se solicita la subvención para la implantación y al sostenimiento de las redes de vigilancia fitosanitaria en la producción de frutales, cultivos herbáceos, viña, olivo u hortícolas, como herramientas útiles en la prevención y la lucha contra plagas y la racionalización del uso de medios de defensa fitosanitaria, así como la puesta en marcha de proyectos demostrativos de métodos biotecnológicos para el control de plagas que precisen la cooperación entre las agrupaciones de agricultores.
Se subvencionarán actividades relacionadas con:
- seguimiento de la fenología y plagas de los cultivos
- investigación e innovación de nuevos métodos en el ámbito de la gestión integrada de plagas y los nuevos métodos de control de plagas.
Requisitos
-
Requisitos de los beneficiarios:
- Grupos de cooperación constituido con personalidad jurídica propia. El representante legal asumirá la coordinación del grupo. El grupo de cooperación podrá incluir miembros que participen o coordinen el proyecto pero que no sean beneficiarios de las ayudas.
- Agrupación o asociación de productores con personalidad jurídica propia y domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón, dedicados a actividades confines relacionados con la sanidad vegetal y la gestión integrada de plagas y que dispongan de personal con la cualificación necesaria.
- Entidad pública, con personalidad jurídica dedicada a la investigación con sede en la Comunidad Autónoma de Aragón que puedan formar parte de la Asociación Europea de Innovación y que tengan entre sus objetivos el intercambio de información y experiencias en materia de sanidad vegetal.
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Requisitos del proyecto presentado por el grupo:
- Debe incluir expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro del grupo, así como el importe de subvención solicitado para cada uno de los beneficiarios. Las responsabilidades y obligaciones de cada uno de los miembros deberán establecerse en el reglamento interno de funcionamiento del grupo.
- No se exige personalidad jurídica al grupo pero si a cada uno de los miembros. En caso de que el grupo de cooperación llegue a tener personalidad jurídica el beneficiario será el propio grupo de cooperación, concretamente su representante legal, que además debe asumir la coordinación del grupo.
- No se admitirán incorporaciones de nuevos miembros del grupo desde el momento en el que se presente la solicitud hasta la finalización de la ejecución del proyecto. El abandono de algún miembro del grupo conllevará la cancelación de la subvención que por los compromisos por él adquiridos pudieran corresponderle.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Anexo I parte A. Solicitud
Descargar modelo Anexo I parte A. SolicitudAnexo I. parte B. Solicitud individualizada
Descargar modelo Anexo I. parte B. Solicitud individualizadaAnexo II. Modelo de acuerdo de constitución del grupo o red de cooperación
Descargar modelo Anexo II. Modelo de acuerdo de constitución del grupo o red de cooperaciónAnexo IX. Documentación que obra en poder de la Administración
Descargar modelo Anexo IX. Documentación que obra en poder de la AdministraciónObligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Declaración responsable sobre la exención de declaración de IVA
En caso de no presentar esta declaración se entenderá que el IVA es recuperable y, por tanto, no subvencionable.
Documento que acredite al representante
Acuerdo por el que se solicita la subvención
Copia de los estatutos de las entidades beneficiarias
O documento en el que aparezca recogido su objeto social, sino está en poder de la Administración
Documento vinculante de funcionamiento del grupo
Que refleje el acuerdo y compromisos adquiridos por los miembros del grupo.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesConsulta de Datos de Identidad
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Información adicional
Se tramita en el Servicio de Sanidad y Certificación Vegetal (Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente)
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 713 125
- Correo electrónico. cscv.agri@aragon.es
- Página web. Centro de Sanidad y Certificación Vegetal
- Presencial. Horario oficina De 9:00 a 14:00 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
Normativa
Orden AGM/1909/2022, de 19 de diciembre, por la que se convocan subvenciones en materia de cooperación para la creación de grupos y redes en el ámbito de la sanidad vegetal y el control integrado de plagas, para el año 2023.
Orden AGM/1405/2022, de 29 de septiembre, por la que se modifica la Orden DRS/346/2016, de 7 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cooperación para la creación de grupos y redes en el ámbito de la sanidad vegetal y el control integrado de plagas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón, 2014-2020.
Decreto 9/2019, de 15 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura en la Comunidad Autónoma de Aragón
Orden DRS/346/2016, de 7 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cooperación para la creación de grupos y redes en el ámbito de la sanidad vegetal y el control integrado de plagas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón, 2014-2020
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 28/12/2022 al 15/03/2023
Fuera de plazo
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativo¿Cómo realizar este trámite?
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