Subvenciones en el marco del Programa Retorno del Talento Joven Aragonés
N° 2214
A través de este trámite, las personas jóvenes que deseen regresar a Aragón para seguir desarrollando su actividad profesional o formativa podrán presentar su solicitud para resultar beneficiarias del programa Retorno del Talento Joven Aragonés.
Este programa ofrece una ayuda económica para facilitar el regreso. Esta puede cubrir aspectos como: gastos de desplazamiento, gastos ocasionados por el traslado de mobiliario y enseres, gastos de alojamiento o guardamuebles, entre otros.
Dirigido a
- Jóvenes menores de 36 años que hayan residido en España, de forma ininterrumpida, por un periodo mínimo de un año, dentro de los últimos quince años anteriores al 1 de enero de 2023, que residan o trabajen fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón y reúnan los requisitos señalados en el artículo 3 de la orden de convocatoria.
Requisitos
- Haber nacido en Aragón o haber estado empadronado como mínimo un año ininterrumpido, antes de su salida fuera de la Comunidad Autónoma, en alguna localidad de la misma, dentro de los quince años anteriores al 1 de enero de 2023.
- Haber residido o trabajado fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón durante al menos un año ininterrumpido inmediatamente anterior a la fecha del retorno.
- Ser menor de 36 años en el momento de regreso al territorio de la Comunidad Autónoma.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- No deberán encontrarse en ninguna de las prohibiciones o exclusiones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Haber formalizado inscripción en el Programa Retorno del Talento Joven Aragonés a través de la página web: https://retornojoven.aragon.es/
Documentación
Presentar en todos los casos:
Declaración responsable
Que acredite que la persona beneficiaria no se halla en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según modelo normalizado en anexo I.
Declaración de las subvenciones
Ayudas e ingresos concedidos o en trámite de concesión por cualquier otra administración, entidades públicas o privadas, nacionales o europeas, relativas a la misma actividad, indicando la cuantía y procedencia mediante modelo normalizado del anexo I.
Ficha de terceros
Según proceda de acuerdo a las circunstancias personales de los solicitantes, la que se reseña en el artículo 8 de la orden de convocatoria.
Anexo I: declaración responsable 2023
Descargar modelo Anexo I: declaración responsable 2023Anexo II: justificación de gastos
Justificación de los gastos en los que ha incurrido el solicitante para su traslado a la Comunidad Autónoma de Aragón.
Descargar modelo Anexo II: justificación de gastosFicha de terceros del IAJ
Descargar modelo Ficha de terceros del IAJ
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Formularios para presentar la documentación: según modelos anexos.
Procedimiento de concesión: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, el procedimiento de concesión de las ayudas será simplificado de concurrencia competitiva. La presente convocatoria será abierta de acuerdo con lo expuesto en el citado artículo.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
-
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Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
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Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. lunes a viernes no festivos de 9:00 a 14:00 horas 976 713 516
- Correo electrónico. retornojoven@aragon.es
- Presencial. Siempre con cita previa de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes no festivos
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DE LA JUVENTUD
Normativa
Orden CDS/2022, de 24 de enero, de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales para el periodo 2022-2025.
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones.
Orden CDS/514/2019, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Juventud.
Orden CDS/176/2021, de 4 de marzo, por la que se modifica la Orden CDS/514/2019, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de juventud.
Orden CDS/196/2023, de 10 de febrero, por la que se convocan subvenciones en el marco del programa “Retorno del Talento Joven Aragonés” para el ejercicio 2023.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 07/03/2023 al 30/11/2023
Fuera de plazo
En caso de que el regreso al territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón hubiera tenido lugar desde el 1 de septiembre de 2022 hasta la fecha de publicación de la presente Orden en el “Boletín Oficial de Aragón”, la presentación de solicitudes se efectuará en el plazo máximo de tres. En caso de que el regreso al territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón sea posterior a la publicación de la presente Orden en el “Boletín Oficial de Aragón”, y hasta el 31 de agosto de 2023, las solicitudes
Paso 1:
Descarga el formulario principal:
Descargar formularioNo olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses contados a partir del día siguiente al de presentación de la solicitud
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativo¿Cómo realizar este trámite?
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