Ayudas para inversiones en creación de regadíos - Convocatoria 2022
N° 9088
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones destinadas a inversiones en materia de creación de regadíos.
Estas ayudas están dirigidas a comunidades de regantes y personas usuarias, siempre que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.
Dirigido a
- Las comunidades de regantes y usuarios, constituidas al amparo de la Ley de Aguas, cuyo texto refundido fue aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, o en constitución, y cuyas actuaciones subvencionables afecten al menos a diez de sus usuarios sean personas físicas o jurídicas.
Requisitos
-
Requisitos de los solicitantes:
- Las Comunidades de Regantes y usuarios deben estar constituidas al amparo de la Ley de Aguas, cuyo texto refundido fue aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, o en constitución.
-
Requisitos de las actuaciones:
- Las actuaciones subvencionables afecten al menos a diez de sus usuarios sean personas físicas o jurídicas.
- Estar ubicadas en las zonas determinadas en el Artículo 1.3 y 2 del Decreto 79/2017.
- Se excluyen las inversiones de amueblamiento interno de las parcelas de cada explotación.
- No se subvencionaran actividades ya iniciadas antes de la fecha de presentación de la solicitud de subvención, salvo los anteproyectos y estudios de viabilidad correspondientes a expedientes aprobados.
- Actuaciones relacionadas con:
- Intervención ambiental e hidrológica.
- Sistema de medición del uso del agua.
- Tarificación por consumos.
- Compromiso de asesoramiento técnico para la puesta en marcha de las instalaciones de riego.
- Indicadores de impacto sobre las áreas focales.
Pago de tasas
Tasa 51: Tasa por tramitación de procedimientos de expropiación forzosa, ocupación temporal y servidumbres de paso en materia de creación de regadíos
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Formulario principal
ANEXO II
Documentación que obra en poder de la Administración requerida en la tramitación
Descargar modelo ANEXO IIANEXO III
Presupuesto subvencionable-honorarios
Descargar modelo ANEXO IIIANEXO IV
Indicadores específicos
Descargar modelo ANEXO IVANEXO V
Criterios de selección
Descargar modelo ANEXO VANEXO VI
Justificación de los condicionantes específicos
Descargar modelo ANEXO VIANEXO VII
Contenido mínimo del anteproyecto
Descargar modelo ANEXO VIIANEXO VIII
Modelo de cartel publicitario
Descargar modelo ANEXO VIII
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Solicitud de la subvención
Anteproyecto de la actuación propuesta
Cuyo contenido mínimo se ajustará a lo establecido en el Anexo VII de la Orden de Convocatoria.
Documento acreditativo de la personalidad de la entidad solicitante
Acompañado de copia de las ordenanzas, salvo que éstas obren en poder del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.
Acuerdo de solicitud de la subvención
Documento acreditativo del acuerdo adoptado por el órgano de la entidad correspondiente respecto de la decisión de formulación de la solicitud de ayudas, así como del acuerdo por el que se confiera la representación de la entidad a la persona que suscriba la solicitud.
Certificado de conformidad
Si la actuación supera los 500.000 euros (IVA excluido), certificado que acredite tanto la conformidad por parte de la Asamblea General como la delegación de la potestad de aprobación del proyecto en la Junta de Gobierno.
Titularidad de la concesión de agua
Documento donde conste la titularidad de la concesión de agua para riego de la entidad solicitante o, en su caso, documento acreditativo de la comunidad general al derecho del aprovechamiento del agua para riego. Salvo comunidades de regantes en constitución, que deberán presentarlo de acuerdo y en el plazo previsto en el punto 1 del apartado quinto.
Certificado de disponibilidad de terrenos
Sobre los que ha de realizarse la obra o instalación y permisos administrativos que se requieran.
Documento firmado entre beneficiario y una o varias entidades de financiación
Que, en el supuesto de ser concedida la subvención correspondiente, asegure la disponibilidad del 100 % de la financiación por parte del beneficiario, supeditado al estudio de riesgos por parte de las entidades.
Solicitud de expropiación
Cuando el beneficiario prevea la necesidad de llevar a cabo procedimientos de expropiación forzosa deberá incluirlo en su solicitud.
Calendario de actuaciones
Y fechas previstas de justificación del gasto.
Solicitud de pago
ANEXO I
Solicitud de pago
Descargar modelo ANEXO IFicha de terceros
Información adicional
Se tramita en el Servicio de Infraestructuras Rurales de la Dirección General de Desarrollo Rural.
Para llevar a cabo la solicitud de expropiación, se hace necesaria su solicitud telemática conforme al tramite correspondiente (número 1137)"
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
OTRO
Únicamente cuando en el último día hábil de presentación de solicitudes hubiera problemas técnicos que impidieran su presentación a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón, se podrán presentará conforme al artículo 16.4. a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en los restantes registros electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local y el sector público institucional.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 647
- Correo electrónico. agricultura@aragon.es
- Presencial. Oficinas Comarcales Agroambientales
- Presencial. Horario de oficina de 9:00 a 14:00
- Página web. Servicio Provincial de Huesca
- Página web. Servicio Provincial de Teruel
- Página web. Servicio Provincial de Zaragoza
- Teléfono. Unidad de Desarrollo Rural del Servicio Provincial de Huesca 974 293 118
- Teléfono. Sección de infraestructuras rurales del Servicio Provincial de Teruel 978 641 149
- Teléfono. Unidad de Desarrollo Rural del Servicio Provincial de Zaragoza 976 714 780
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO RURAL
Normativa
Orden AGM/1073/2022, de 8 de julio, ORDEN AGM/1073/2022, de 8 de julio, por la que se convocan subvenciones para determinadas
inversiones en materia de creación de regadíos, en el marco del Decreto 79/2017, de 23 de mayo, del Gobierno de Aragón, para la anualidad 2022.
Decreto 79/2017, de 23 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un régimen de subvenciones para determinadas inversiones en materia de creación de regadíos
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
Ley 6/2004, de 9 de diciembre, por la que se establecen medidas en materia de expropiación forzosa para actuaciones de mejora y creación de regadíos
Ley 14/1992, de 28 de diciembre, de patrimonio agrario de la Comunidad Autónoma de Aragón y de medidas específicas de reforma y desarrollo agrario
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 16/07/2022 al 08/09/2022
Fuera de plazo
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el “Boletín Oficial de Aragón”
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
Convocatorias expiradas
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