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Subvenciones para actuaciones a favor de la integración social de las personas de origen extranjero residentes en Aragón - Entidades Locales - Convocatoria 2023-2024

N°9472

A través de este trámite, se puede presentar solicitud para optar a subvenciones para la financiación de actuaciones a favor de la integración social de las personas de origen extranjero residentes en Aragón.

Estas ayudas las pueden solicitar las Entidades Locales Aragonesas.

Esta convocatoria tiene carácter bianual, y se financiará con cargo a los Presupuestos del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales de 2023 y 2024.

Plazo de presentación

Del 26/05/2023 al 15/06/2023

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Ayuntamientos con población superior a 15.000 habitantes
  • Comarcas Aragonesas

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Ficha técnica del Proyecto de Reencuentros Familiares

    Documento de la ficha técnica del proyecto de Reencuentros Familiares. La entidad local solo podrá solicitar dos proyectos de realización cuando el segundo sea la puesta en marcha del Programa de Reencuentros de Familias en Aragón, para el acompañamiento profesional en la reagrupación familiar, que establece en el artículo 3.d) de la convocatoria.

    La Entidad Local realizará una adaptación del programa de acompañamiento en la reagrupación familiar de acuerdo con lo establecido en el Anexo I.a "Programa reencuentros familiares".

    Descargar modelo Ficha técnica del Proyecto de Reencuentros Familiares
  • Ficha técnica del Proyecto

    Documento de la ficha técnica del proyecto.

    La entidad local solo podrá solicitar dos proyectos de realización cuando el segundo sea la puesta en marcha del Programa de Nuevas Familias en Aragón, para el acompañamiento profesional en la reagrupación familiar, que establece en el artículo 3.d) de la convocatoria.

    Descargar modelo Ficha técnica del Proyecto
  • Ficha económica del Proyecto

    Documento de la ficha económica del proyecto.

    La entidad local solo podrá solicitar dos proyectos de realización cuando el segundo sea la puesta en marcha del Programa de Nuevas Familias en Aragón, para el acompañamiento profesional en la reagrupación familiar, que establece en el artículo 3.d) de la convocatoria.

    Descargar modelo Ficha económica del Proyecto
  • Certificado del Secretario de la Entidad Local

    Documento comprensivo de los siguientes extremos:

    - Que está al corriente en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable.

    - Que ha adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 9.c) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

Información adicional

Las subvenciones a Entidades Locales contempladas en esta Orden, forman parte del Fondo Local de Aragón del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, por lo que también les serán de aplicación la Orden CDS/1427/2021, de 21 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades que integran la Administración Local de Aragón, gestionadas por el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, Instituto Aragonés de Servicios Sociales e Instituto Aragonés de la Juventud

La Entidad Local solo podrá solicitar dos proyectos de realización, cuando el segundo sea la puesta en marcha del Programa de Reencuentros Familiares en Aragón, para el acompañamiento profesional en la reagrupación familiar. La entidad local realizará una adaptación del programa de acompañamiento en la reagrupación familiar de acuerdo con lo establecido en el Anexo I.a ”Programa reencuentros familiares".

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Anuncios durante la tramitación

Antes de la terminación del trámite, se dan diferentes fases en las que se pueden generar documentos de carácter público que es posible que necesites consultar. Todos estos documentos se irán publicando a continuación.

  • Propuesta de Resolución Definitiva Única EELL 2023-24

    Se dicta Propuesta de Resolución Definitiva Única, a tenor del informe de la Comisión de Valoración, con ANEXO I, que relaciona las entidades locales solicitantes para las que se propone la concesión de la subvención y su cuantía para los años 2023 y 2024, especificando la puntuación obtenida, puesto que han podido modificarse en algunos proyectos los costes totales, según su reformulación, por lo que no coincide con el ANEXO I de la Propuesta de Resolución Provisional. En el ANEXO II se relacionan las entidades locales que han desistido, adjuntando como ANEXO III el impreso de Aceptación o Renuncia de la subvención.

    Consultar documento sobre Propuesta de Resolución Definitiva Única EELL 2023-24

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 26/05/2023 al 15/06/2023

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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