Subvenciones en materia de protección civil, para la elaboración, revisión, actualización e implantación de planes de entidades locales de protección civil - Convocatoria 2025
N° 10877
A través de este trámite, las entidades locales de Aragón pueden presentar una candidatura para optar a subvenciones en materia de planificación de protección civil, siendo subvencionables las siguientes actuaciones:
La elaboración, revisión y actualización de planes territoriales de protección civil, tanto municipales como comarcales.
Dirigido a
- Entidades locales: municipios y comarcas.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Certificado existencia plan territorial, en su caso
Certificado del Secretario de la entidad local correspondiente de que la entidad dispone su correspondiente plan territorial de protección civil, indicando la fecha de su aprobación definitiva y de homologación por la Comisión de Protección Civil de Aragón, en su caso.
Memoria descriptiva
Memoria descriptiva del procedimiento de elaboración, revisión o actualización del plan territorial, justificando el coste de la actividad.
Certificado coste
Certificado del secretario entidad local que se haga constar la cuantía del coste de la actuación para la que se solicita la ayuda.
Acreditación
Acreditación, conforme a lo previsto en el artículo 44.3 del TRLSA, del cumplimiento de la legislación medioambiental, de transparencia, de no haber sido sancionado en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI, de memoria democrática, de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesCorriente de pago para ayudas y subvenciones
Comunidad Autónoma de Aragón
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Certificado de estar al corriente
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Servicio de Seguridad y Protección Civil. 976 714 498
- Correo electrónico. proteccioncivil@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
Orden PRI/780/2022, de 27 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales en materia de protección civil
Decreto Legislativo 2/2023, de 2 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 30/06/2024 al 31/07/2024
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses desde la fecha de la publicación de la presente convocatoria.
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera de...
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativo Ver másTrámites relacionados
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