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Subvenciones en el ámbito de la igualdad de trato y no discriminación - Comarcas. Convocatoria 2024

N° 10188

A través de este trámite se convocan las subvenciones dirigidas a comarcas para la realización de proyectos de promoción de la igualdad de trato, no discriminación y diversidad afectivo sexual, en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Plazo de presentación

Del 13/09/2024 al 03/10/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Las comarcas aragonesas

Requisitos

  • Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones a que se refiere la presente Orden las comarcas aragonesas especificadas en el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón. Tendrán en todo caso la consideración de entidades beneficiarias de las subvenciones, las comarcas destinatarias de los fondos públicos que deban llevar a cabo la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentren en la situación que legitima su concesión.
  • No podrán obtener la condición de beneficiarias las comarcas que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que sean de aplicación a las mismas.
  • Tampoco podrán ser beneficiaras las comarcas que no cumplen con la legislación medioambiental, de transparencia y si han sido sancionadas en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI+, de memoria democrática, de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo.
  • Para ser beneficiarias de las subvenciones deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y con la Administración General del Estado, así como frente a la Seguridad Social.
  • Así mismo, deberán acreditar estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable, haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.
  • Ficha de terceros: Si el Gobierno de Aragón no dispone de la Ficha de terceros actualizada de la persona o entidad solicitante, esta Ficha de terceros para designación de cuenta bancaria, deberá registrarse con anterioridad a solicitar esta subvención. El enlace para registrar la Ficha de terceros está disponible en esta misma página, en el apartado de Documentos y enlaces de interés dentro de Información adicional.

Documentación

Presentar en todos los casos:

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Aportar en caso de disponer la siguiente documentación

  • Ayudas o subvenciones solicitadas o recibidas

    En el caso de haber solicitado o recibido ayudas para la misma actuación para la que se solicita subvención, adjuntar la solicitud o resolución de concesión de cada una de ellas.

En caso de ser beneficiario de la subvención

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Validación de NIF de un contribuyente

  • Consulta de Inexistencia de Delitos Sexuales por Documentación

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 13/09/2024 al 03/10/2024

Fuera de plazo

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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