Subvenciones para bonificación de los intereses generados por préstamos formalizados por los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas
N° 1193
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a la subvención de los intereses que generen los préstamos formalizados con las entidades financieras, con posterioridad al 30 de junio de 2017 y hasta dos meses después de la resolución del reconocimiento del derecho a un préstamo subvencionado, por los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Dirigido a
- Personas físicas, jurídicas y comunidades de bienes, titulares de explotaciones agrícolas y/o ganaderas
Requisitos
-
Requisitos personas físicas:
- Que la explotación esté calificada como Explotación Agraria Prioritaria (EAP), ó bien que en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), del último periodo, al menos el 50 % de sus ingresos totales procedan de actividades agrícolas, ganaderas o forestales.
-
Requisitos personas jurídicas:
- Que la explotación esté calificada como EAP ó bien que como mínimo el 50% de los ingresos totales, del último periodo impositivo, procedan de actividades agrícolas, ganaderas o forestales.
- No tener más de 40 años de edad en el año de la solicitud.
- Que la explotación esté calificada como EAP, o bien que tenga aprobado un Plan de incorporación al amparo del PDR 2014-2020 en el año de la solicitud o anterior, o bien que en el IRPF, del último periodo impositivo, al menos el 50% de sus ingresos totales procedan de actividades agrícolas, ganaderas o forestales, o bien estar dado de alta en la Seguridad Social en el sector agrario por cuenta propia (SETA y/o RETA) en el año de la solicitud.
- Que hayan suscrito o suscriban durante el año de la convocatoria una póliza o contrato de seguro en las líneas de seguros para las producciones agrícolas o ganaderas comprendidas en el Plan de Seguros Agrarios Combinados y se comprometan a mantenerlo durante el periodo de vigencia del préstamo.
- Que la explotación por la que se solicita la ayuda esté localizada en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Se reconocerá el derecho a la bonificación del préstamo y especificará el importe máximo del préstamo que puede suscribir con las entidades financieras. Se establecerá el plazo máximo de formalización del préstamo ante las entidades financieras en dos meses.
- Se subvencionará, 1 punto del tipo de interés, con el límite máximo del coste efectivo de los intereses del préstamo, que reúnan las características del apartado tercero 2 de la orden de convocatoria.
Documentación
Presentar en todos los casos:
ANEXO II - Certificación intereses abonados
Descargar modelo ANEXO II - Certificación intereses abonadosANEXO - Documentación que obra en poder de la Administración
Descargar modelo ANEXO - Documentación que obra en poder de la AdministraciónDeclaración de ayudas minimis
Declaración referente a todas las demás ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso que estén sujetas al presente Reglamento o a otros reglamentos de minimis.
Acreditación del representante
Acuerdo de solicitud de la subvención
Acreditación de la personalidad jurídica
Documentación ya en poder de la Administración
Certificación de los intereses abonados
Anexo II.
ANEXO III
SOLICITUD DE PAGO
Descargar modelo ANEXO III
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Solicitud de pago
Ficha de terceros
Formulario de solicitud de pago
Anexo III.
Información adicional
Se tramita en el Servicio de Ayudas a la Organización de Mercados.
Para la confección de estas solicitudes, el Departamento facilita una Aplicación Web que permite rellenarla e imprimirla para su presentación por via telemática o en la Oficina Comarcal correspondiente o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. De 9 a 14 horas. 976 714 630
- Correo electrónico. agricultura@aragon.es
- Presencial. De 9 a 14 horas. Oficinas Comarcales Agroambientales del Departamento
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN ALIMENTARIA
Normativa
Orden DRS/150/2018, de 30 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la bonificación de los intereses generados por los préstamos a los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas de la Comunidad Autónoma de Aragón
Orden DRS/600/2018, de 10 de abril, por la que se convocan subvenciones destinadas a la bonificación de los intereses generados por los préstamos formalizados por los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas de la Comunidad Autónoma de Aragón, para el año 2018
Orden DRS/770/2018, de 10 de mayo, por la que se modifica la Orden DRS/600/2018, de 10 de abril, por la que se convocan subvenciones destinadas a la bonificación de los intereses generados por los préstamos formalizados por los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas de la Comunidad Autónoma de Aragón, para el año 2018
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 20/04/2018 al 30/05/2018
Fuera de plazo
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativo¿Cómo realizar este trámite?
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