Volver a Subvenciones para la contratación de personal investigador predoctoral en formación

Subvenciones para la contratación de personal investigador predoctoral en formación - Convocatoria 2025-2029

N° 10814

Convocatoria en elaboración

A través de este trámite, los centros y organismos de investigación así como las universidades públicas y privadas de Aragón podrán presentar una solicitud para optar a las subvenciones para la contratación de personal investigador predoctoral en formación (PIF).

Plazo de presentación

Plazo pendiente de definir

Dirigido a

  • Universidades públicas o privadas
  • Centros y organismos de investigación públicos o privados
  • Que desarrollen su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón
  • Que sean seleccionadas aplicando los criterios de valoración de la convocatoria

Requisitos

  • Requisitos de los centros beneficiarios
    • Organismos o centros de investigación, públicos o privados, que desarrollen su actividad investigadora en Aragón y que contraten personal investigador predoctoral en formación.
    • Universidades públicas o privadas que desarrollen su actividad investigadora en Aragón y que contraten personal investigador predoctoral en formación.
    • Cumplimiento de las condiciones sobre declaración de actividad económica, en su caso.
    • Cumplimiento, mediante declaración responsable, de las condiciones recogidas en la orden de convocatoria.
  • Requisitos del personal investigador predoctoral en formación (PIF)
    • Estar en posesión de un título o títulos universitarios con al menos 300 ECTS, según lo que dispone la orden de convocatoria.
    • Haber finalizado los estudios que dan acceso al doctorado en las fechas señaladas en la convocatoria.
    • Estar ya matriculado en una escuela de doctorado de las universidades que desarrollan su actividad en Aragón, o admitido o preadmitido en un programa de doctorado de dichas universidades a partir del curso que comienza en el año de publicación de la convocatoria, debiendo estar matriculado en el momento de la formalización del contrato.
    • Tener una nota media ponderada igual o superior a 6 (en escala de 0 a 10) en el expediente académico completo correspondiente a los estudios con los que se accede a un programa de doctorado.
    • No poseer título de doctorado.
    • No ser persona beneficiara ni haber disfrutado de ayuda, ni suscrito contrato predoctoral.
    • Tener residencia legal en España.
  • Requisitos de la persona directora, y en su caso codirectora, de la investigación
    • Poseer el título de doctorado.
    • Estar vinculado laboral o estatutariamente con el centro u organismo solicitante. Si la vinculación laboral no tiene carácter de fija, deberá constar en la solicitud un codirector o codirectora que tengan tal condición.
    • Solo podrá constar como persona directora o codirectora en una solicitud.

Documentación

No es necesario aportar documentos adicionales al realizar este trámite

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

Información adicional

Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Plazo pendiente de definir

Plazo pendiente de definir

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes. Este plazo podrá ser suspendido en los supuestos previstos en el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Proced...

Ver más

Trámites relacionados

¿Te ha resultado útil esta página?

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web

Gracias por tu valoración

Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es

Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.