Subvenciones para acciones formativas para personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil
N° 2455
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones para acciones formativas para personas jóvenes desempleadas, inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Estas ayudas están dirigidas a entidades de formación.
Dirigido a
- Las entidades de formación acreditadas en el Registro de Centros Colaboradores en materia de Formación e Inserción Profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón o, en su caso, en el Registro Estatal de Entidades de Formación.
Requisitos
- Los centros y entidades solicitantes deberán estar acreditadas en el Registro de Centros Colaboradores en materia de Formación e Inserción Profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón o, en su caso, en el Registro Estatal de Entidades de Formación y disponer de instalaciones en la Comunidad Autónoma de Aragón debidamente acreditadas para la impartición de los certificados de profesionalidad solicitados.
- Los centros y entidades de formación deberán impartir las acciones formativas directamente en las instalaciones de que dispongan en Aragón. Además, deberán estar acreditados para la impartición de los certificados de profesionalidad solicitados, a fecha de publicación de la convocatoria.
- Las acciones formativas irán dirigidas a personas jóvenes inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de cualquier Servicio Público de Empleo al inicio de la acción formativa, que se encuentren además inscritas en la base de datos del Sistema de Garantía Juvenil y cumplan con los requisitos para ser beneficiarias de las actuaciones, según el artículo 97 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Modelo normalizado de solicitud y listado de acciones formativas
La solicitud y el listado de acciones formativas deberá cumplimentarse a través de la aplicación GESTIFOR (PAS Garantía Juvenil 2022), descargarse y presentarse electrónicamente, preferentemente través del Registro Electrónico de Aragón.
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
En el caso de que la entidad de formación se halle acreditada en el Registro estatal de entidades de formación:
Declaración responsable y/o acuerdo de disponibilidad de instalaciones.
Cuando la entidad solicitante sea una entidad local:
Certificado o declaración responsable de tres extremos:
- Que está al corriente en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable.
- Que ha adoptado medidas de racionalización del gasto.
- Que ha presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 9.c) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesCertificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias
Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social
Certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. De lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas. 901 501 000
- Correo electrónico. formacion.inaem@aragon.es
- Página web. https://inaem.aragon.es/
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE EMPLEO
Normativa
Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral
Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral
Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación
Orden EPE/930/2022, de 28 de junio, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de acciones formativas dirigidas a personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 29/06/2022 al 12/07/2022
Fuera de plazo
El plazo de presentación de solicitudes de subvención es de 10 días hábiles, a partir del día siguiente al de publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativo¿Cómo realizar este trámite?
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