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Subvenciones a grupos de cooperación para el medio ambiente en el ámbito de la sanidad y del bienestar animal - Beneficiarios - Convocatoria 2024

N° 10488

A través de este trámite se solicita por parte de cada beneficiario las subvenciones para el año 2024, en régimen de concurrencia competitiva, a grupos de cooperación para el medio ambiente en el ámbito de la sanidad y del bienestar animal, correspondiente a la Intervención 7165 del Plan Estratégico Nacional de la PAC 2023-2027 (PEPAC 23-27).

Plazo de presentación

Del 28/08/2024 al 24/09/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite

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  • Propuesta del Jefe de Servicio de Sanidad Animal de concesión de subvenciones de acuerdo a la ORDEN AGA/965/2024, de 14 de agosto.

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  • Concesión de subvenciones de acuerdo a la Orden AGA/965/2024, de 14 de agosto, por la que se convocan subvenciones en materia de cooperación para el medio ambiente a grupos de cooperación en el ámbito de la sanidad y bienestar animal (redes zoosanitarias), en el marco del Plan Estratégico Nacional de la PAC 2023-2027, para el año 2024.

Dirigido a

  • Grupos de cooperación (redes zoosanitarias) con personalidad jurídica propia
  • Beneficiarios de los grupos de cooperación (redes zoosanitarias) sin personalidad jurídica

Requisitos

  • Las redes zoosanitarias se constituirán para desarrollar un proyecto que, en todo caso, debe resolver o dar respuesta a problemas o necesidades concretas correspondientes a los ámbitos de actuación definidos en el apartado segundo de la convocatoria de ayudas. Cada grupo se constituirá para realizar un solo proyecto.
  • Estarán formadas por al menos dos entidades con personalidad física o jurídica diferenciada que no tengan relaciones orgánicas o funcionales entre sí.
  • Podrán ser miembros de estas redes, beneficiarios o no, las Asociaciones de Defensa Sanitaria Ganadera, cooperativas agrarias y sus asociaciones o federaciones, las empresas e industrias del sector agroalimentario y sus asociaciones, las organizaciones profesionales agrarias, los centros de investigación y los centros tecnológicos o de transferencia, las universidades y otras entidades cuyos estatutos tengan en cuenta la realización de actividades con fines relacionados con la promoción de los intereses sociales y económicos del medio rural.
  • Al menos dos miembros de la red deberán ser ADSG con personalidad jurídica diferenciada, que no tengan relaciones orgánicas o funcionales entre sí, oficialmente reconocidas por la Comunidad Autónoma de Aragón. En el caso de redes sin personalidad jurídica, al menos dos ADSG serán beneficiarias.
  • Todos deberán colaborar activamente en la ejecución de la actividad implicándose en el desarrollo y éxito de la iniciativa.
  • En todos los grupos habrá una entidad coordinadora que puede ser o no beneficiaria de la subvención.
  • Las administraciones (central, autonómica y local), universidades, centros tecnológicos, otros centros públicos de I+D y otros entes públicos pueden ser miembros de la red zoosanitaria, beneficiarios o no beneficiarios de la subvención.

Documentación

Presentar en todos los casos:

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Se aportará únicamente cuando este documento no obre en poder de la Administración, se aportó hace más de cuatro años o ha sufrido modificaciones.

  • Escrituras o estatutos de la entidad

    Copia de las escrituras y/o estatutos registrados de la entidad solicitante, en su caso.

En el caso de las ADSG (Agrupación de Defensa Sanitaria Ganadera)

  • Acreditación de nombramiento de personal veterinario

    Documento que acredite el nombramiento del personal veterinario responsable de la ADSG

Si la entidad solicitante no tiene contratadas personas trabajadoras en plantilla y no está dada de alta en la Tesorería de la Seguridad Social

  • Certificado justificativo

    Certificado emitido por la persona representante de la entidad en el que haga constar que no tiene contratadas personas trabajadoras en plantilla y no esta dada de alta en la Tesorería de la Seguridad Social.

En caso de tratarse de una entidad sujeta a prorrata de IVA

  • modelo 390. IVA Declaración resumen anual

    “Modelo 390. IVA. Declaración resumen anual”, correspondiente al año anterior a la convocatoria de la subvención.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Consulta de Datos de Identidad

  • Validación de NIF de un contribuyente

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

Información adicional

Para realizar la solicitud individual, el beneficiario debe de disponer de la clave de registro de la solicitud de la red zoosanitaria a la que pertenece generada en el TTO 10476.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 28/08/2024 al 24/09/2024

Fuera de plazo

El plazo de presentación de las solicitudes es de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón.

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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