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Subvención para la promoción del vino en mercados de terceros países - Convocatoria 2021 - FEAGA 2022

N° 804

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones para la promoción del vino en mercados de terceros países.

La finalidad de las mismas es la mejora de la competitividad de los vinos españoles. Para ello favorece acciones de información y promoción de los productos vinícolas de calidad, destinados al consumo directo, para que cuenten con posibilidades de exportar o con nuevas salidas comerciales en países extracomunitarios.

Estas ayudas están dirigidas a empresas o entidades vitivinícolas, siempre que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.

Plazo de presentación

Del 19/12/2020 al 14/01/2021

Fuera de plazo

Consultar trámite

Requisitos

  • Requisitos de las acciones y programas:
    • La duración máxima de los programas por mercado de un tercer país será de un año, a excepción de las acciones llevadas a cabo para consolidar las salidas comerciales de los vinos amparados por una figura de calidad diferenciada (DOP o IGP), que podrán tener una duración máxima no prorrogable de tres años.
    • La subacción promocional subvencionada que origina el gasto se debe llevar a cabo dentro de la anualidad del programa, esto es, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.
    • Los mensajes se basarán en las cualidades intrínsecas del producto y deberán ajustarse a la normativa aplicable en los terceros países a los que van destinados.
    • En el caso de los vinos que cuenten con una indicación geográfica, deberá especificarse el origen del producto como parte de las acciones o programas de información y promoción.
  • Requisitos de los productos, tienen que pertenecer a alguna de las siguientes categorías:
    • Vinos con denominación de origen protegida.
    • Vinos con indicación geográfica protegida.
    • Vinos en los que se indique la variedad de uva de vinificación.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

    Documento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Solicitud de la subvención

Prórroga

Las personas jurídicas deberán aportar además:

  • Documento de acreditación

    Documento que acrediten la personalidad jurídica del solicitante y estatutos de la entidad actualizados, si no obran en poder de la Administración o ha sufrido modificaciones.

  • Documento del acuerdo de solicitud de subvención

    Debe constar el acuerdo del órgano correspondiente de la entidad por el que se solicite la subvención.

  • Documento de representación

    Donde acredite la representación de la persona que suscribe la solicitud, si no obra en poder de la Administración o ha sufrido modificaciones.

Aceptación de la subvención

Modificación

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

    Documento acreditativo de estar al corriente de pago con la Seguridad Social

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

    Acreditación de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Se tramita en el Servicio de Industrialización Agroalimentaria (Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente).

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 19/12/2020 al 14/01/2021

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

6 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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