Subvención para la promoción del vino en mercados de terceros países - Convocatoria 2025 - FEAGA 2026
N° 10410
A través de este trámite las empresas y entidades interesadas solicitan la concesión de subvenciones para mejorar la competitividad de los vinos españoles, favoreciendo las acciones de promoción y comunicación en terceros países.
Requisitos
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Requisitos de las acciones y programas:
- La duración máxima de los programas por mercado de un tercer país será de un año, a excepción de las acciones llevadas a cabo para consolidar las salidas comerciales de los vinos amparados por una figura de calidad diferenciada (DOP o IGP), que podrán tener una duración máxima no prorrogable de tres años.
- La subacción promocional subvencionada que origina el gasto se debe llevar a cabo dentro de la anualidad del programa, esto es, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.
- Los mensajes se basarán en las cualidades intrínsecas del producto y deberán ajustarse a la normativa aplicable en los terceros países a los que van destinados.
- En el caso de los vinos que cuenten con una indicación geográfica, deberá especificarse el origen del producto como parte de las acciones o programas de información y promoción.
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Requisitos de los productos, tienen que pertenecer a alguna de las siguientes categorías:
- Vinos con denominación de origen protegida.
- Vinos con indicación geográfica protegida.
- Vinos en los que se indique la variedad de uva de vinificación.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Formulario de beneficiario y del programa (Anexo VI)
Descargar modelo Formulario de beneficiario y del programa (Anexo VI)Presupuesto recapitulativo (Anexo VI)
Descargar modelo Presupuesto recapitulativo (Anexo VI)Declaración obligatoria (Anexo VI)
Descargar modelo Declaración obligatoria (Anexo VI)Declaración de PYME
Descargar modelo Declaración de PYMEDeclaración responsable socio persona física
Descargar modelo Declaración responsable socio persona físicaDocumentación en poder de la Administración
Descargar modelo Documentación en poder de la Administración
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Las personas jurídicas deberán aportar además:
Documento de acreditación
Documento que acrediten la personalidad jurídica del solicitante y estatutos de la entidad actualizados, si no obran en poder de la Administración o ha sufrido modificaciones.
Documento del acuerdo de solicitud de subvención
Debe constar el acuerdo del órgano correspondiente de la entidad por el que se solicite la subvención.
Documento de representación
Donde acredite la representación de la persona que suscribe la solicitud, si no obra en poder de la Administración o ha sufrido modificaciones.
Las asociaciones deberán aportar además:
Declaración prohibiciones de integrantes de la asociación artículo 13
Descargar modelo Declaración prohibiciones de integrantes de la asociación artículo 13Declaración mantenimiento agrupación
Pruebas documentales de la designación de un representante para la agrupación
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesObligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Documento acreditativo de estar al corriente de pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Acreditación de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma
Validación de NIF de un contribuyente
Información adicional
Se tramita en el Servicio de Industrialización Alimentaria (Dirección General de Innovación y Promoción Alimentaria del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación).
Documentos y enlaces de interés
- Aceptación de la subvención (aportarla una vez recibida la notificación de concesión)
- Solicitud de modificación (aportarla una vez recibida la notificación de concesión)
- Presupuesto recapitulativo modificación
- Solicitud de pago (aportarla una vez recibida la notificación de concesión de la solicitud junto con los documentos justificativos)
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 695
- Correo electrónico. promocionvinotercerospaises@aragon.es
- Página web. Servicio de Industrialización Agroalimentaria
- Presencial. Horario oficina De 9:00 a 14:00 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN ALIMENTARIA
Normativa
Orden AGM/665/2024, de 12 de junio, por la que se convocan subvenciones para la promoción del vino en los mercados de terceros países, para el periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 (ejercicio financiero 2026).
Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
Reglamento 126/2022, de 7 de diciembre, por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos adicionales para determinados tipos de intervención especificados por los Estados miembros en sus planes estratégicos de la PAC para el período 2023-2027 en virtud de dicho Reglamento, y a las normas sobre la proporción relativa a la norma 1 de las buenas condiciones agrarias y medioambientales (BCAM)
Reglamento 2115/2021, de 2 de diciembre, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº 1305/2013 y (UE) nº 1307/2013
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 26/06/2024 al 04/09/2024
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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