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Subvención para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas, en la provincia de Teruel (FITE) - Convocatoria 2025. Concesión/Renuncia

N° 10729

A través de este trámite se puede renunciar a la concesión de subvenciones complementarias que serán realizadas de oficio, con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel para el año 2025, de las subvenciones concedidas en materia de inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias) en las órdenes de convocatoria AGM/1365/2021, de 14 de octubre y AGM 1485/2022, de 4 de octubre, y hayan tenido certificación parcial o final en el año 2024.

Plazo de presentación

Plazo pendiente de definir

Dirigido a

  • Serán beneficiarios de oficio aquellos titulares que tuvieran inversiones ejecutadas en la provincia de Teruel en los expedientes de la línea de ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias) del PDR, que hayan resultado aprobados en las órdenes de convocatoria AGM/1365/2021, de 14 de octubre y AGM 1485/2022, de 4 de octubre, y hayan tenido certificación parcial o final en el año 2024. A través de este trámite se podrá solicitar la renuncia a la misma.

Requisitos

  • Realizar inversiones materiales o inmateriales en las industrias agroalimentarias, en el ámbito de la provincia de Teruel
  • Introducir tecnologías y procedimientos con el fin de desarrollar productos nuevos o de mayor calidad y apertura de nuevos mercados (especialmente en relación con las cadenas de distribución cortas); inversiones en redes locales de recolección, recepción, almacenamiento, acondicionamiento, clasificación y embalaje, siempre que incluya un proceso de transformación y/o comercialización del producto agrícola; sistemas de calidad; o procesamiento de biomasa agrícola para producción de energía.
  • Quedan excluidas de la subvención las siguientes actividades:
    • Las exclusiones que se determinen en el PDR.
    • Las que consistan en inversiones de reposición o mera sustitución de equipos y maquinaria.
    • Las inversiones que estén dirigidas al comercio minorista en destino, salvo que la comercialización la realicen las organizaciones de productores o sus entidades vinculadas, de los productos de sus propios asociados o de otros productores no asociados.

Documentación

No es necesario aportar documentos adicionales al realizar este trámite

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

    CCAA Aragón

Información adicional

Se tramita en el Servicio de Industrialización Alimentaria (Dirección General de Innovación y Promoción Alimentaria del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación).

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Plazo pendiente de definir

Las personas beneficiarias podrán renunciar a la subvención concedida, en un plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de su notificación de concesión.

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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