Subvención para las organizaciones o asociaciones ganaderas de razas autóctonas españolas en peligro de extinción - Convocatoria 2024
N° 10099
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones para el fomento de razas ganaderas autóctonas en peligro de extinción reconocidas oficialmente en Aragón.
Estas ayudas están dirigidas a organizaciones y las asociaciones, siempre que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.
Requisitos
- Estar oficialmente reconocidas para la gestión del libro genealógico de la raza, por la Comunidad Autónoma de Aragón.
- En el caso de que existan varias asociaciones reconocidas para una misma raza, ya sea en la misma comunidad autónoma o en distintas comunidades autónomas, deberán estar integradas en una única asociación de segundo grado, debiendo ser dicha asociación de segundo grado la solicitante de las ayudas.
- Tener la condición de PYME (Reglamento nº 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014). Este requisito también deberá ser cumplido por las explotaciones ganaderas en que se lleven a cabo las actividades subvencionables.
- Cumplir con la normativa europea para la cria de los animales de raza y el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Documento acreditativo de la personalidad de la entidad solicitante
Acuerdo de solicitud de subvención
Documento en el que conste el acuerdo del órgano correspondiente de la entidad por el que se solicite la subvención.
Copia de los estatutos e inscripción en registro
Si no obran en poder de la Administración o ha sufrido modificaciones.
Documento de representación
Debe acreditar la representación de la persona que suscribe la solicitud.
Otras ayudas públicas
Documentación correspondiente a otras ayudas públicas solicitadas o concedidas que sean concurrentes con la solicitud presentada.
Memoria de las actuaciones a desarrollar.
Plan de trabajo indicando las actividades que se programan en cada uno de los dos apartados, aportando un presupuesto sobre el coste de las mismas, lo más ajustado posible a la ejecución final.
Programa de actuación propuesto
Para las actividades de programa reconocido de mejora de la raza subvencionables contempladas en la letra b) del punto 1 del apartado segundo de la orden, las entidades solicitantes deberán aportar, así mismo, el programa de actuación propuesto por el centro de investigación o desarrollo, suscrito por el responsable de dicho centro.
Descripción pormenorizada
De los medios técnicos, de laboratorio y de personal del que se dispone para la realización de las actividades por las que se solicita la subvención
Declaración responsable de exención IVA
En su caso, declaración responsable sobre la exención de declaración de IVA. En caso de no presentar esta declaración se entenderá que el IVA es recuperable y, por tanto, no subvencionable.
Declaración responsable PYME
Debe acreditar su condición de PYME, así como de las explotaciones ganaderas en las que se lleven a cabo las actividades subvencionables.
Documentación que obra en poder de la Administración
(Anexo I de la convocatoria)
Descargar modelo Documentación que obra en poder de la Administración
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesConsulta de Datos de Identidad
Validación de NIF de un contribuyente
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Información adicional
Se tramita en el Centro de Transferencia Agroalimentaria .
Responsable: Servicio de Innovación y Transferencia Agroalimentaria (Dirección General de Desarrollo Rural del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación)
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 586 500
- Correo electrónico. jcancer@aragon.es
- Correo electrónico. resquillor@aragon.es
- Página web. Centro de Transferencia Agroalimentaria (Zaragoza)
- Página web. Oficinas Comarcales Agroambientales y Servicios Provinciales
- Presencial. Horario: 9 a 14 h
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO RURAL
Normativa
Orden AGM/642/2024, de 7 de junio, por la que se convocan subvenciones para las organizaciones o asociaciones ganaderas de razas autóctonas españolas en peligro de extinción, para el año 2024.
Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas
Real Decreto 181/2015, de 13 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre
Reglamento 702/2014, de 25 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas en los sectores agrícola y forestal en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 21/06/2024 al 04/07/2024
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Tres meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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