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Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de cualificación inicial de formación profesional - Convocatoria 2021

N° 1514

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a la concesión subvenciones para el desarrollo de Programas de Cualificación Inicial.

La finalidad de estas ayudas es ampliar la oferta formativa para la reducción y prevención del abandono escolar temprano y la mejora de los resultados educativos, especialmente del alumnado con necesidades educativas especiales y específicas.

Igualmente, también se busca que el alumnado alcance competencias profesionales propias de una cualificación de nivel 1, así como que tenga la posibilidad de una inserción sociolaboral satisfactoria y amplíe sus competencias básicas para proseguir estudios en las diferentes enseñanzas.

Estas ayudas están dirigidas a organizaciones y las entidades privadas sin finalidad de lucro que están impartiendo estos programas.

Plazo de presentación

Del 08/12/2022 al 22/12/2022

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Entidades privadas sin ánimo de lucro de Aragón, que no estén acogidas a régimen de conciertos educativos ni impartan enseñanzas de formación profesional

Requisitos

  • Tener la autorización para impartir el programa de cualificación inicial, en la modalidad de Talleres Profesionales y/o Aulas o Talleres Profesionales Especiales.
  • Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y los artículos 9 b) y 40.3 de la ley 5/2015, de 25 de marzo, de subvenciones de Aragón
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como carecer de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Acreditación de la representación de la entidad

  • Estatutos de la entidad

    No se requiere si ya se ha presentado en anteriores convocatorias.

  • Número de identificación fiscal

    No se requiere si ya se ha presentado en anteriores convocatorias.

  • Declaración de cumplimiento de las obligaciones

    Documento en el que declara que la entidad no incurre en las prohibiciones referidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  • Autorización para la consulta de datos de la entidad

    En la solicitud está el formulario para autorizar la consulta de los datos ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Documento acreditativo de estar al corriente de obligaciones tributarias

    Emitido, a fecha actual, por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

  • Documento acreditativo de estar al corriente de pago con Seguridad Social

    Emitido, a fecha actual, por la Tesorería General de la Seguridad Social.

  • Certificado de ausencia de deuda pendiente

    Emitido, a fecha actual, por la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 08/12/2022 al 22/12/2022

Fuera de plazo

El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días hábiles a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOA

Paso 1:

Descarga el formulario principal:

Descargar formulario

No olvides repasar el resto de documentos necesarios:

Consultar documentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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¿Cómo realizar este trámite?

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