Solicitud de reducción por pago voluntario en multas de sanciones laborales
N° 9809
A través de este trámite puedes solicitar el pago anticipado con una reducción total del 40% del importe de la sanción laboral.
Con esta solicitud se renuncia a toda acción, recurso o alegación.
Dirigido a
- Empresas que hayan recibido acta por sanción laboral
Requisitos
- La sanción recibida debe ser exclusivamente económica.
- El pago anticipado lleva implícito el reconocimiento de la responsabilidad.
- La efectividad de la reducción está legalmente condicionada al desistimiento o renuncia de toda alegación, recurso o acción en vía administrativa contra aquella. En caso de que concurran distintos sujetos responsables, la presentación de alegaciones por parte de cualquiera de ellos impedirá aplicar la reducción.
-
Plazos:
- Se debe solicitar la reducción y realizar el pago en el plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la notificación del acta que proponga la sanción laboral.
- Deberá efectuarse el ingreso en el plazo de 10 días hábiles desde el siguiente a la notificación de la documentación precisa para proceder al pago, llevando implícito el pago el reconocimiento de responsabilidad.
- Transcurrido el plazo, una vez comprobada la realización o no del pago de la sanción, el órgano competente para la instrucción dictará su propuesta de resolución con indicación de la realización del pago, o de la falta de pago.
- El pago voluntario realizado antes de que se llegue a dictar resolución implicará la terminación del procedimiento sancionador.
- La empresa deberá acreditar la capacidad de representación de la persona firmante de esta solicitud aportando las correspondientes escrituras de constitución, de poder, o documento equivalente que corresponda.
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En caso de acogerse a la reducción por pago voluntario, el ingreso deberá realizarse en la cuenta corriente restringida que corresponda indicando como concepto del ingreso el número de Acta de Infracción y el nombre de la empresa:
- Zaragoza: ES73 2085 0129 0003 0025 9377 (Diputación General de Aragón. Departamento de Economía, Empleo e Industria. Sanciones Laborales) de IBERCAJA. Agencia 28, sita en el Pº María Agustín, nº 25, de Zaragoza.
- Huesca: ES63 2085 2052 0603 0066 1693 (Diputación General de Aragón. Departamento de Economía, Empleo e Industria. Sanciones Laborales) de IBERCAJA Oficina principal, sita en Coso Alto, nº 11, de Huesca.
- Teruel: ES03 2085 3877 9303 0005 1123 (Diputación General de Aragón. Departamento de Economía, Empleo e Industria. Sanciones Laborales) de IBERCAJA Agencia 4, sita en Avda. de Sanz Gadea, nº2, de Teruel.
Información adicional
Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
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Contacto y ayuda
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- Correo electrónico. Zaragoza. trabajo@aragon.es
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- Correo electrónico. Huesca. trabajohu@aragon.es
- Teléfono. Teruel. De 9 a 14 horas. 978 641 182
- Correo electrónico. Teruel. trabajote@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
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- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO
Normativa
Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatarios de cuotas de la Seguridad Social.
Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Seis meses desde la fecha del acta de infracción.
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