Subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel para financiar proyectos de inversión de fundaciones sin ánimo de lucro en la Provincia de Teruel - Convocatoria 2021- FITE 2019/2020
N° 2079
Ayudas destinadas a proyectos de inversión de fundaciones sin ánimo de lucro en la provincia de Teruel
Dirigido a
- Fundaciones con sede social en la provincia de Teruel, que cumplan los requisitos.
Requisitos
- Fundaciones con sede social en la provincia de Teruel.
- Fundaciones con una antigüedad mínima de 10 años desde su constitución (pudiendo cumplir los 10 años a lo largo del año de la convocatoria).
Documentación
Presentar en todos los casos:
Representación legal entidad
Documentación acreditativa de la representación legal de la entidad
Estatutos de la Fundación
En el supuesto de que no haya participado en ninguna convocatoria anterior para esta misma finalidad
Memoria descriptiva de las actividades a realizar
Según el contenido previsto en la convocatoria
Memoria de la entidad
Según el contenido previsto en la convocatoria
Certificado de inscripción de la entidad en el registro de fundaciones
Acreditación de estar inscrito en el registro de fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesDocumento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias
Documento acreditativo de estar al corriente de pago con la Seguridad Social
Acreditación de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma
Validación de NIF de un contribuyente
Acreditación de la identidad fiscal de la entidad
Información adicional
Se considerarán subvencionables las inversiones realizadas y efectivamente pagadas en el periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2020 hasta el 29 de diciembre de 2022.
El porcentaje de ayudas a conceder es hasta el 100% de la inversión subvencionable.
Las solicitudes deberán alcanzar un mínimo de 50 puntos en el baremo de evaluación para que la entidad pueda ser beneficiaria de las ayudas objeto de convocatoria.
El beneficiario de la subvención deberá manifestar la aceptación de la misma y de sus condiciones en el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la resolución, en caso contrario se producirá la pérdida de la eficacia de la concesión de la subvención. La aceptación se presentará en la sede electrónica del Gobierno de Aragón.
El pago de las subvenciones que se concedan se realizará anticipadamente.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Dirección General de Relaciones Institucionales 976 713 211
- Correo electrónico. fite@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES, ACCIÓN EXTERIOR Y TRANSPARENCIA
Normativa
Orden PRI/1560/2021, de 23 de noviembre, por la que se convocan ayudas destinadas a proyectos de inversión de fundaciones sin ánimo de lucro en la provincia de Teruel.
Orden PRI/1135/2022, de 27 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a proyectos de inversión de fundaciones sin ánimo de lucro en la provincia de Teruel.
Ley 2/2022, de 19 de mayo, de aplicación y desarrollo de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa.
Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa
Orden PRE/1225/2018, de 1 de junio, de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a proyectos de inversión de fundaciones sin ánimo de lucro en la provincia de Teruel
Decreto-ley 5/2017, de 14 de noviembre, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes para facilitar la ejecución del convenio de Colaboración entre la Administración
General del Estado (Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales) y el Gobierno de Aragón, para la financiación de inversiones en la provincia de
Teruel que continúen favoreciendo la generación de renta en dicha provincia.
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 24/11/2021 al 09/12/2021
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses desde la finalización del plazo para presentar solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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