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Registro de solicitantes de vivienda protegida (Suspendida la obligatoriedad) - Inscripción (Suspendida la obligatoriedad)

N° 639

En estos momentos la obligación de inscripción en el Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida esta suspendida, por lo que no es necesario la inscripción para poder adquirir una vivienda protegida.

A través de este trámite, las personas físicas interesadas podrán inscribirse en el Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • El ciudadano que desea realizar la inscripción como requisito previo para optar a la adjudicación de una vivienda protegida. Suspendida la obligación.

Requisitos

  • Presentación de la solicitud ante el Servicio Provincial correspondiente, del Departamento de Fomento, Vivienda, Movilidad y Logística.
  • Ser mayor de edad o menor emancipado legalmente.
  • Tener necesidad de vivienda.
  • Residencia en un municipio de Aragón.
  • Cumplir los límites de ingresos máximos y mínimos establecidos en cada caso y no ser titulares de bienes y derechos con un valor real, superior al precio máximo de una vivienda protegida calificada provisionalmente en el mismo momento de la solicitud de inscripción o, en su caso, de la adjudicación.
  • No haber sido dado de baja en el Registro por no concurrir el requisito de tener necesidad de vivienda ( en este supuesto, los solicitantes inscritos en los que no concurra el requisito de tener necesidad de vivienda, no podrán darse de alta nuevamente hasta transcurridos tres años desde la transmisión de la vivienda de que disponen o del derecho que ostenten sobre la misma).
  • No haber renunciado a la vivienda que en su caso se le hubiese adjudicado, salvo la acreditación de la concurrencia de una de las causas de renuncia establecidas en la normativa de aplicación.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Solicitud

    Solicitud facilitada debidamente rellenada y firmada.

  • Autorización para la consulta de datos de las personas de la unidad familiar

  • Certificado de empadronamiento

    Certificado municipal de empadronamiento, con indicación de la fecha de alta.

  • Acreditación de divorcio o separación

    Documentación acreditativa del divorcio o separación matrimonial, en su caso, o de la extinción de pareja estable no casada.

  • Acreditación de la necesidad de vivienda

    Documentación acreditativa de la necesidad de vivienda y, al menos, certificación de la Gerencia del catastro y nota de consulta al índice general de titularidades de los Registros de la Propiedad.

  • Justificación de la titularidad de bienes y derechos

    Acreditación de no ser titular de bienes y derechos con un valor superior al precio máximo de una vivienda protegida calificada provisionalmente en el mismo momento de la solicitud de inscripción o, en su caso, de la adjudicación, conforme a la normativa del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Copia del libro de familia

  • Acreditación convivencia pareja estable

    En su caso documento equivalente que acredite la convivencia, acreditación de la existencia de la pareja estable no casada conforme a la Ley 6/1999, de 25 de marzo, o en el caso de extranjeros residentes en España, copia de la solicitud de residencia por reagrupación familiar presentada ante el Ministerio del Interior, o en su caso, declaración responsable de que dicha reagrupación no ha sido solicitada.

Tanto de la persona solicitante como del resto de personas de la unidad familiar.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Documento de identidad

    Consulta del Documento de Nacional Identidad o documento que acredite la identidad para extranjeros.

  • Acreditación sobre discapacidad física, psíquica o incapacidad

    Justificación de la discapacidad psíquica, física, incapacidad o enfermedad, en caso de que fuese alegada.

  • Documentación sobre los ingresos

    Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondiente al último ejercicio, en el caso de solicitar vivienda protegida en propiedad.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

La inscripción en el Registro tendrá una duración de tres años desde la resolución administrativa de inscripción, en la que habrá de figurar expresamente la fecha de finalización de dicho plazo.

Si antes de dicha fecha el solicitante no renueva la solicitud aportando en tiempo y forma la documentación exigible conforme a lo establecido en este Reglamento se producirá la caducidad de la inscripción.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
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  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Presencial

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  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
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  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

  • Teléfono. 976 714 111
  • Correo electrónico. infoyregistro@aragon.es
  • Presencial. Oficinas de información y registro.
  • Presencial. Horario oficina De lunes a viernes de 09:00 a 14:00
  • Otros canales. Horario teléfono 976714111

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Paso 1:

Descarga el formulario principal:

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No olvides repasar el resto de documentos necesarios:

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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¿Cómo realizar este trámite?

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