Reconocimiento de la exención del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR) para explotaciones agrícolas y huertos
N° 8707
Tramitación de un procedimiento administrativo para solicitar el reconocimiento de la exención del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR) por utilización de agua con destino a explotaciones agrícolas y huertos.
Dirigido a
- Usuarios de agua que, cumpliendo el hecho imponible del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales, destinan los caudales consumidos a explotaciones agrícolas y huertos.
Requisitos
- Que se trate de usos de agua que destinan los caudales a explotaciones agrícolas y huertos.
- Que los caudales procedan en un aprovechamiento realizado directamente por el usuario (pozos, aprovechamiento de aguas superficiales…).
- En caso de que el uso exento (explotación ganadera y huerto) concurra con otros usos no exentos, que exista medición separada de los caudales que se destinan a cada uno de ellos.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Documentos que acrediten la representación, en su caso.
Acreditación de que los caudales se destinan a regadío agrícola.
Acreditación de medición separada de usos exentos y usos no exentos.
En caso de concurrencia de usos exentos y usos no exentos, acreditación se la medición separada de los mismos.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesVerificación de Datos de Identidad
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
La exención surtirá efectos para las liquidaciones que se practiquen con posterioridad a la presentación de la solicitud y tendrá vigencia mientras se mantenga la situación que la justifica.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
Contacto y ayuda
Ayuda con la tramitación electrónica
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- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DEL AGUA
Normativa
Ley 8/2021, de 9 de diciembre, de regulación del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales.
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Real Decreto Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Paso 1:
Descarga el formulario principal:
Descargar formularioNo olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
1 año desde la entrada en el Instituto Aragonés del Agua.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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